Resolución 11/2021

ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS SUBDIRECCIÓN GENERAL DE OPERACIONES ADUANERAS DEL INTERIOR

Resolución 11/2021

RESOL-2021-11-E-AFIP-SDGOAI

 

Ciudad de Buenos Aires, 27/04/2021

VISTO lo tramitado en el Expediente Electrónico EX2020-936258-AFIP-DVZPYF#SDGOAI del registro de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL de INGRESOS PÚBLICOS, y

CONSIDERANDO

Que la firma VMC Refrigeración S.A. CUIT N° 30-50369061-2 presentó con fecha 13 de junio de 2016 la solicitud de habilitación del depósito fiscal particular, ubicado en la calle O’ Higgins N° 1060 de la localidad de RAFAELA, Provincia de SANTA FE, jurisdicción de la División Aduana RAFAELA, en los términos de la Resolución General N° 3871 hoy Resolución General N° 4352.

Que la Dirección Gestión de los Recursos y Presupuestos remite la actuación a ésta Subdirección General a través de la Nota N° 14/18 (DI GERP) a fin de continuar con el trámite de habilitación del depósito fiscal en trato.

Que analizada la actuación por la División Zonas Primarias y Fronteras, la misma fue remitida con observaciones a la División Aduana RAFAELA mediante Nota N° 67/18 (DV ZPYF) del 13/06/2018 a fin de que la firma tomara conocimiento y diera cumplimiento a la totalidad de los extremos requeridos para la habilitación pretendida.

Que la firma expone que no posee balanza fiscal, atento que la mercadería con la cual opera en el depósito no requiere control de peso (Anexo III Punto 13.2 de la Resolución General N° 4352).

Que obran Informes de la Aduana local -SIO N° 22/19 de fecha 25/03/2019 y SIO N° 50/2019-, el dictamen jurídico Nº 508/2019 (DV RJU) de fecha 21/08/2019 y la Nota Nº 468/2019 (DI RAHI) de fecha 4/11/2019 de la Dirección Regional Aduanera HIDROVIA, dando cuenta del cumplimiento por parte de la firma de los requisitos para habilitar un depósito fiscal exigidos por la Resolución General N° 4352 AFIP.

Que mediante Nota N° 44/2019 (DV CORA) de fecha 09/12/2019, la División Control Operacional informa que no se pudo acceder al sistema de CCTV con la información aportada por el depositario, por lo que la actuación se mantuvo en reserva en el área a la espera del informe favorable del Departamento Centro Único de Monitoreo Aduanero.

Que mediante Informe N° IF-2020-00761054-AFIP-DVCORADECUMA#SDGCAD de fecha 04/11/2020, se informa que el punto operativo cumple con los requerimientos de toma de imágenes instantáneas, descarga de video y los 60 días de reservorio histórico online.

Que en atención al tiempo transcurrido se generó el expediente electrónico referenciado en el VISTO y la actuación fue remitida en forma digitalizada a la aduana local mediante Informe N° IF-2020-00936451-AFIP-DVZPYF#SDGOAI de fecha 29 de diciembre de 2020, a fin de reemplazar la documentación que perdió vigencia e incorporar nueva documental de corresponder.

Que a través de los Informes N° IF-2021-00222666-AFIP-SEIOADRAFA#SDGOAI y N° IF-2021-00345676-AFIP-DVZPYF#SDGOAI, se incorpora la documentación actualizada conforme lo establecido en la Resolución General N° 4352.

Que se encuentra publicado en el Micro sitio “AFIP Depósitos Fiscales” el Manual del desarrollador del Sistema informático de control de stock permanente, que deberá cumplimentar el depositario conforme lo establecido en el Anexo IV punto 10 y concordantes de la Resolución General N° 4352.

Que conforme lo expuesto y habiendo tomado la intervención que les compete las Subdirecciones Generales de Técnico Legal Aduanera mediante Informe N° IF-2021-00363423-AFIP-DILEGA#SDGTLA de fecha 13 de abril de 2021, de Asuntos Jurídicos a través del Informe N° IF-2021-00397102-AFIPDVDRTA#SDGASJ de fecha 20 de abril de 2021 y las áreas competentes de esta Subdirección General, corresponde aprobar el trámite de habilitación.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo N° 1 de la Disposición N° DI-2018-6-E-AFIP-DGADUA y la Disposición N° DI-2020-29-E-AFIP-AFIP.

Por ello,

LA SUBDIRECTORA GENERAL DE LA SUBDIRECCIÓN GENERAL DE OPERACIONES ADUANERAS DEL INTERIOR

RESUELVE:

ARTICULO 1°.- Habilitar el depósito fiscal particular de la firma “VMC Refrigeración S.A.” CUIT N° 30-50369061-2, ubicado en la calle O’ Higgins N° 1060 de la localidad de RAFAELA, Provincia de SANTA FE, con una superficie total de DOSCIENTOS SESENTA Y SEIS CON DIECISEIS METROS CUADRADOS (266,16 m2) acorde a lo especificado en los planos y anexo II obrantes en el Informe N° IF-2021-00345676-AFIP-DVZPYF#SDGOAI -del expediente electrónico, conforme Resolución General N°4352.

ARTICULO 2°:- Determínese que la habilitación tendrá vigencia por el plazo de DIEZ (10) años a contar desde su notificación al interesado, de conformidad a lo establecido en el Apartado V, Punto 1 del Anexo I de la Resolución General N° 4352.

ARTICULO 3°.- Establécese que la vigencia operativa del depósito fiscal en la Tabla de Lugares Operativos (LOT) del Sistema Informático MALVINA o la que en el futuro la reemplace, quedará sujeta al mantenimiento por parte del permisionario de los requisitos, condiciones operativas, documentales y tecnológicas, establecidas en los Anexos I, II, III, IV y V de la Resolución General N° 4352, tenidas en cuenta para su habilitación y al cumplimiento de lo prescripto en la citada norma respecto al Sistema informático de control stock permanente.

ARTICULO 4°: Regístrese. Comuníquese. Dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación y publíquese en el Boletín de la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS. Tome conocimiento la Dirección Regional Aduanera HIDROVIA y la División Aduana RAFAELA. Por la División Zonas Primarias y Fronteras notifíquese por Sistema de Comunicaciones y Notificaciones Electrónicas Aduaneras (SICNEA) al interesado y continúese con los trámites de rigor.

Silvia Nery Pisanu

e. 12/05/2021 N° 31836/21 v. 12/05/2021

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