MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE
Resolución 213/2021
RESOL-2021-213-APN-MAD
Ciudad de Buenos Aires, 05/07/2021
VISTO el Expediente EX-2021-41539493- -APN-DGAYF#MAD del Registro del MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE DE LA NACIÓN, la Ley N° 25.278 de Aprobación del Convenio de Rotterdam sobre el Procedimiento de Consentimiento Fundamentado Previo Aplicable a Ciertos Plaguicidas y Productos Químicos Peligrosos Objeto de Comercio Internacional de fecha 6 de Julio de 2000, la Ley de Ministerios N° 22.520 (T.O. Decreto N° 438 del 20 de marzo de 1992), el Decreto PEN N° 1.759/72 de fecha 27 de abril de1972, el Decreto PEN N° 504 de fecha 23 de julio de 2019, el Decreto PEN Nº 7 de fecha 11 de diciembre de 2019, el Decreto PEN Nº 50 de fecha 20 de diciembre de 2019, la Decisión Administrativa MAyDS N° 262 de fecha 28 de febrero de 2020 y la Resolución MAyDS N° 110 de fecha 12 de abril de 2021 y
CONSIDERANDO:
Que con fecha 12 de abril de 2021 se publicó en el Boletín Oficial la Resolución MAyDS 110/2021 mediante la cual se establece el procedimiento de importación y exportación de los productos químicos detallados en el Anexo I, los que se encuentran sujetos al Consentimiento Fundamentado Previo (CFP) conforme a la Ley Nº 25.278 que aprueba el Convenio de Rotterdam sobre el Procedimiento de Consentimiento Fundamentado Previo Aplicable a Ciertos Plaguicidas y Productos Químicos Peligrosos Objeto de Comercio Internacional.
Que el Anexo mencionado en el párrafo anterior, contempla el listado de productos químicos alcanzados por la Resolución citada.
Que dicho listado se encuentra conformado por el nombre de los productos químicos, número o números del Servicio de Resumenes Químicos (Número CAS, por sus siglas en Inglés), clasificación de las sustancias puras y de las mezclas o preparaciones y la categoría a la que corresponde el producto, si es de uso plaguicida o industrial.
Que respecto a la clasificación mencionada, la misma ha sido identificada de acuerdo al producto en particular incluyéndose Capítulos, partidas y subpartidas del Sistema Armonizado, posiciones arancelarias Nomenclador Común del Mercosur (NCM) y posiciones Sistema Informatico Malvina (SIM).
Que de acuerdo a lo solicitado por la Dirección General Aduanas, a los fines de una correcta implementación de la Resolución en trato, resulta conveniente modificar el Anexo I e identificar el listado de productos químicos a nivel de posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (NCM).
Que asimismo, resulta necesario incluir posiciones arancelarias no identificadas en el Anexo I en cuestión.
Que en virtud de todo lo expuesto, resulta necesario sustituir el Anexo I de la Resolución MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE N° 110/21 con el objeto de una correcta interpretación e implementación de la norma.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE DE LA NACIÓN ha tomado la intervención de su competencia.
Que la UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA del MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE DE LA NACIÓN ha tomado la intervención de su competencia conforme lo prevé el artículo 101 del Decreto N° 1344/2007 reglamentario de la Ley N° 25.156.
Que la presente medida se dicta de conformidad con lo dispuesto por la Ley de Ministerios Nº 22.520 (T.O. Decreto Nº 438/1992) sus modificatorias y complementarias.
Por ello,
EL MINISTRO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE DE LA NACIÓN
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Sustitúyase el Anexo I de la Resolución MAyDS N° 110/2021 por el Anexo (IF-2021- 42126403-APN-DNSYPQ#MAD), que forma parte integrante de la presente.
ARTÍCULO 2°.- La presente Resolución entrará en vigor el día de su publicación en Boletín Oficial.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y oportunamente archívese.
Juan Cabandie
e. 07/07/2021 N° 47172/21 v. 07/07/2021