Resolución 39/2021

ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS SUBDIRECCIÓN GENERAL DE OPERACIONES ADUANERAS DEL INTERIOR

Resolución 39/2021

RESOL-2021-39-E-AFIP-SDGOAI

 

Ciudad de Buenos Aires, 16/07/2021

VISTO lo tramitado en expediente electrónico EX 2020-00585580 AFIP-DVZPYF#SDGOAIZ del registro de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL de INGRESOS PÚBLICOS, y

CONSIDERANDO

Que la firma “RANDON ARGENTINA S.A.” CUIT N° 30-67748299-7, presentó con fecha 13 de junio de 2016, mediante actuación SIGEA N° 17542-58-2019, la solicitud de habilitación del depósito fiscal particular, ubicado en Ruta Provincial N° 16, Km 4,5 de la localidad de ALVEAR, Provincia de SANTA FE, jurisdicción de la Aduana ROSARIO, en los términos de la Resolución General N° 3871 hoy Resolución General N° 4352.

Que la Dirección Gestión de los Recursos y Presupuesto remite los antecedentes que dieron origen a la actuación en trato, a esta Subdirección General a través de la Nota N° 145/2018 (DI GERP) de fecha 24/05/2018, a fin de continuar con el trámite de habilitación del depósito fiscal en trato.

Que analizada la actuación por la División Zonas Primarias y Fronteras, la misma fue remitida mediante Nota N° 124/18 (DV ZPYF) de fecha 13 de agosto de 2018 con observaciones a la Aduana ROSARIO, a fin de que la firma tomara conocimiento y diera cumplimiento a la totalidad de los extremos requeridos para la habilitación pretendida.

Que obran en la actuación la Nota N°330/19 (AD ROSA) de fecha 18 de julio de 2019, el dictamen jurídico N° 547/19 (DV RJU2) de fecha 10 de septiembre de 2019 y Nota N° 410/19 (DI RAHI) de fecha 17 de septiembre de 2019 de la Dirección Regional Aduanera HIDROVIA, propiciando la continuidad del trámite de habilitación.

Que una vez cumplimentados la totalidad de los requerimientos pendientes conforme Nota N°36/2020 (AD ROSA) de fecha 19 de febrero 2020, la actuación se mantuvo en reserva en el área a la espera del informe favorable del Departamento Centro Único de Monitoreo Aduanero.

Que mediante informe IF-2020-00592669-AFIP-DVCORADECUMA#SDGCAD de fecha 11 de septiembre de 2020, se informa que el punto operativo cumple con los requerimientos de toma de imágenes instantáneas, descarga de video y los 60 días de reservorio histórico online.

Que en atención al tiempo transcurrido y conforme las instrucciones internas dictadas en el marco del COVID 19, se generó un expediente electrónico y la actuación fue remitida en forma digitalizada a la aduana local mediante informe IF-2020-00585649-AFIP-DVZPYF#SDGOAI de fecha 9 de septiembre de 2020.

Que a través de informe IF-2021-00190258-AFIP-OFDFADROSA#SDGOAI e informe IF-2021-00624518-AFIP-OFDFADROSA#SDGOAI de fecha 9 de junio del mismo año, la Aduana ROSARIO remite información complementaria, a los fines de la continuidad del trámite.

Que se encuentra publicado en el Micro sitio “AFIP Depósitos Fiscales” el Manual del desarrollador del Sistema informático de control de stock parmente, que deberá cumplimentar el depositario conforme lo establecido en el Anexo IV punto 10 y concordantes de la Resolución General N° 4352.

Que conforme lo expuesto y habiendo tomado la intervención que les compete las Subdirecciones Generales de Técnico Legal Aduanera mediante informe IF-2021-00712434-AFIP-DILEGA#SDGTLA de fecha 30 de junio de 2021, de Asuntos Jurídicos a través del informe IF-2021-753024-AFIP-DVDRTA#SDGASJ de fecha 8 de julio de 2021 y las áreas competentes de esta Subdirección General, corresponde aprobar el trámite de habilitación.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo N° 1 de la DI-2018-6-E-AFIP-DGADUA.

Por ello,

LA SUBDIRECTORA GENERAL DE LA SUBDIRECCIÓN GENERAL DE OPERACIONES ADUANERAS DEL INTERIOR

RESUELVE:

ARTICULO 1°.- Habilítese el depósito fiscal particular de la firma “RANDON ARGENTINA S.A.” CUIT N° 30-67748299-7, ubicado en Ruta Provincial N° 16, Km 4.5 de la localidad de ALVEAR, Provincia de SANTA FE, jurisdicción de la Aduana ROSARIO, con una superficie cubierta de VEINTIOCHO METROS CUADRADOS (28 m²) una superficie descubierta de SEIS MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS (6.399 m²) y una superficie semicubierta de SETENTA Y TRES METROS CUADRADOS (73 m²) , conformando una superficie total de SEIS MIL QUINIENTOS METROS CUADRADOS (6.500 m2 ), acorde a lo especificado en el Anexo II y en el plano del sector obrante en el informe IF-2020-00585649-AFIP-DVZPYF#SDGOAI de fecha 9 de septiembre de 2020, conforme Resolución General N°4352.

ARTICULO 2°:– Determínese que la habilitación tendrá vigencia por el plazo de DIEZ (10) años a contar desde su notificación al interesado, de conformidad a lo establecido en el Apartado V, Punto 1 del Anexo I de la Resolución General N° 4352.

ARTICULO 3°.- Establécese que la vigencia operativa del depósito fiscal en la Tabla de Lugares Operativos (LOT) del Sistema Informático MALVINA o la que en el futuro la reemplace, al mantenimiento por parte del permisionario de los requisitos, condiciones operativas, documentales y tecnológicas, establecidas en los Anexos I, II, III, IV y V de la Resolución General N° 4352, tenidas en cuenta para su habilitación y al cumplimiento de lo prescripto en la citada norma respecto al Sistema informático de control stock permanente.

ARTICULO 4°: Regístrese. Comuníquese. Dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación y publíquese en el Boletín de la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS. Tome conocimiento la Dirección Regional Aduanera HIDROVIA y la Aduana ROSARIO. Por la División Zonas Primarias y Fronteras notifíquese por Sistema de Comunicaciones y Notificaciones Electrónicas Aduaneras (SICNEA) al interesado y remítase copia para conocimiento a la Subdirección General de Control Aduanero y continúese con los trámites de rigor.

Silvia Nery Pisanu

e. 20/07/2021 N° 50531/21 v. 20/07/2021

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