ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS ADUANA GUALEGUAYCHÚ
Disposición 6/2022
DI-2022-6-E-AFIP-ADGUAL#SDGOAI
Gualeguaychú, Entre Ríos, 04/03/2022
VISTO, el estado de estas Actuaciones, detalladas en el Anexo IF-2022-00167426-AFIP-ADGUAL#SDGOAI y la necesidad de proceder al descongestionamiento del depósito de ésta Aduana y
CONSIDERANDO:
Que el 22 de septiembre de 2020 se suscribió una adenda al convenio N° 12/2015 (AFIP) firmado entre la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS y el BANCO de la CIUDAD de BUENOS AIRES, que permite la celebración de subastas públicas bajo la modalidad electrónica a través de la plataforma web de la citada entidad bancaria.
Que la División Coordinación de Secuestros y Rezagos (DI CEOA), en coordinación con las autoridades del Banco Ciudad de Buenos Aires, comunicaron la inclusión en la subasta a realizarse el día 31/03/2022, de la mercadería detallada en IF-2022-00167426-AFIP-ADGUAL#SDGOAI.
Que en el depósito de esta Jurisdicción obran mercaderías que hacen aconsejable su venta inmediata a fin de preservar las condiciones de almacenamiento de aquellas que deben permanecer bajo custodia en esta División.
Que la comercialización impulsada en la presente se efectuará en pública subasta, bajo modalidad electrónica en los términos del convenio citado en el visto.
Que las condiciones de venta establecidas para el proceso de subasta pública, como así también el catalogo correspondiente con el detalle de los valores base, descripción y fotografías de los bienes, se encontrará disponible para la exhibición correspondiente en la página web https://subastas.bancociudad.com.ar/
Que, conforme al Art. 429 y cctes. del Código Aduanero, corresponde proceder, con las formalidades de rigor, a la subasta de las mercaderías detalladas en el Anexo IF-2022-00167426-AFIP-ADGUAL#SDGOAI, que forma parte del presente acto dispositivo.
Que las mercaderías se encuentran verificadas, clasificadas y aforadas mediante la intervención de la Sección Inspección EX-ANTE, sugiriendo su subasta.
Que, la presente se dicta conforme facultad delegada en la Resolución Nº 1883/97 – Anexo III (ex ANA), Disposición Nº 633/99 (AFIP), Disposición Nº 572/2016 (DI RAHI).
Por ello y facultades conferidas mediante Disposición N° 43/2019 (AFIP)
EL ADMINISTRADOR DE LA ADUANA DE GUALEGUAYCHÚ
DISPONE:
ARTICULO 1º: Autorizar la venta de las mercaderías, en el estado en que se encuentran y exhiben -con la debida antelación y bajo modalidad electrónica-, de acuerdo al valor base y con las observaciones que en cada caso se indican en el Anexo IF-2022-00167426-AFIP-ADGUAL#SDGOAI que integra la presente.
ARTICULO 2º: La subasta pública de las mercaderías detallas se efectuará por intermedio del BANCO de la CIUDAD de BUENOS AIRES, bajo modalidad electrónica a través de la página web https://subastas.bancociudad.com.ar/, de acuerdo a los términos y condiciones allí previstos, el día 31 de Marzo de 2022.
ARTICULO 3º: REGÍSTRESE, comuníquese a la DIRECCIÓN REGIONAL ADUANERA HIDROVÍA. Efectuado el acto dispuesto, déjese expresa constancia en cada una de las actuaciones que involucren mercaderías listadas en la presente. Comuníquese a la Oficina de Secuestros y Rezagos para la intervención de su competencia. Publicar la presente subasta en el Boletín Oficial de la República Argentina, por el plazo de UN (1) día.
ARTICULO 4º: CUMPLIDO, sigan las actuaciones según su estado.
Gustavo Javier Falcón
e. 08/03/2022 N° 12171/22 v. 08/03/2022