Resolución 76/2024

MINISTERIO DE ECONOMÍA SECRETARÍA DE BIOECONOMÍA

Resolución 76/2024

RESOL-2024-76-APN-SB#MEC

 

Ciudad de Buenos Aires, 06/08/2024

VISTO el Expediente N° EX-2024-76134533- -APN-DGDAGYP#MEC, el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 70 de fecha 20 de diciembre de 2023, las Resoluciones Nros. 11 de fecha 28 de enero de 2021, 26 de fecha 28 de abril de 2021, 34 de fecha 9 de junio de 2021, 149 de fecha 23 de noviembre de 2021, 159 de fecha13 de diciembre de 2021, 1 de fecha 10 de febrero de 2022 y 32 de fecha 9 de mayo de 2022, todas de la ex – SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, 269 de fecha 26 de diciembre de 2022, 202 de fecha 19 de mayo de 2023, 280 de fecha 6 de julio de 2023 y 453 de fecha 27 de noviembre de 2023, todas de la ex – SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, la Disposición N° 2 de fecha 11 de mayo de 2023 de la ex – SUBSECRETARÍA DE FORTALECIMIENTO PRODUCTIVO Y SUSTENTABLE PARA PEQUEÑOS Y MEDIANOS PRODUCTORES AGROALIMENTARIOS de la ex – SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, y

CONSIDERANDO:

Que, en atención a las nuevas políticas públicas delineadas a efectos de un reordenamiento integral de la producción en general y de la reformulación de muchos de los regímenes jurídicos existentes relacionados, esbozados en el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 70 de fecha 20 de diciembre de 2023, resulta necesario hacer las modificaciones pertinentes en lo que respecta a la SECRETARÍA DE BIOECONOMÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA.

Que, a la luz de la experiencia recogida, resulta necesario profundizar y unificar los cambios y las normativas a los efectos de poder lograr sencillez y razonabilidad del proceso, persiguiendo una mayor precisión sobre algunos aspectos que hacen a una mejor operatividad del sector, como asimismo la premura en la definición de cuestiones vinculadas con regímenes de información que han quedado sin operatividad; de forma que se eliminen trabas e impedimentos para proceder con mayor celeridad y eficiencia en los trámites.

Que, en atención al reciente cambio de autoridades acaecido en el país y, por ende, el surgimiento de nuevas políticas públicas tendientes al reordenamiento integral de la economía en general; se considera necesario y pertinente proceder a la revisión integral de toda la normativa reglamentaria y complementaria dictada en el ámbito de la citada Secretaría.

Que, por consiguiente, resulta indispensable alinear las políticas de regulación de las actividades vinculadas a la agricultura, ganadería y pesca, procediendo a una verdadera desburocratización y simplificación de los procesos en relación al ESTADO NACIONAL, los productores, los exportadores e importadores.

Que, por todo ello y por razones de oportunidad, mérito y conveniencia en el contexto señalado, corresponde disponer la derogación de determinada normativa, a efectos de coadyuvar a un nuevo ordenamiento de las resoluciones y disposiciones reglamentarias que atañen al comercio interior más simple, menos burocrático y más transparente.

Que ha tomado intervención el servicio jurídico competente.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el Decreto N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios.

Por ello,

EL SECRETARIO DE BIOECONOMÍA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.– Deróganse las resoluciones y la disposición detalladas en el Anexo (IF-2024-80533309-APN-SSRAYP#MEC) que forma parte integrante de la presente resolución.

ARTÍCULO 2°.– La presente medida entrará en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Sergio Iraeta

Anexo

e. 08/08/2024 N° 51600/24 v. 08/08/2024

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