ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS ADUANA MENDOZA
Disposición 277/2024
DI-2024-277-E-AFIP-ADMEND#SDGOAI
1A. Sección, Mendoza, 09/10/2024
VISTO, los términos del artículo 417 y s.s. del Código Aduanero (Ley N° 22.414), y la Ley N° 25.603 y,
CONSIDERANDO:
Que el 22 de septiembre de 2020 se suscribió una adenda al convenio Nº 12/2015 (AFIP), firmado entre la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS y el BANCO CIUDAD de BUENOS AIRES, que permite la celebración de subastas públicas bajo la modalidad electrónica, a través de la citada entidad bancaria.
Que se hallan en existencia, mercaderías incursas en la Sección V, Título II, del Código Aduanero (Ley 22.415), almacenadas en el Depósito Fiscal General de la firma Multimodal S.A.C.I.A. (CUIT 30-68319993-8) sobre las que, teniendo en cuenta su naturaleza y estado, resulta procedente disponer de ellas a fin de otorgarles destino definitivo a consumo mediante acto de pública subasta.
Que sobre la mercadería motivo de la presente se generó el correspondiente manifiesto de rezago en el Sistema Informático Malvina (S.I.M.), aplicándose los procedimientos establecidos en la Instrucción General N° 12/2005 de la Dirección de Programas y Normas de Procedimientos Aduaneros.
Que oportunamente se las incluyó en un listado de mercaderías con disponibilidad jurídica para ser consideradas en futuras subastas públicas, bajo modalidad electrónica, por conducto de la División Evaluación y Control de Procesos Operativos Regionales de la Dirección Regional Aduanera Central.
Que la División Coordinación de Secuestros y Rezagos de la Dirección Coordinación y Evaluación Operativa Aduanera, en coordinación con las autoridades aduaneras del Banco Ciudad de Buenos Aires comunicaron la inclusión de mercaderías de esta aduana en la subasta a realizarse el día 31 de Octubre de 2024, cuyo detalle se especifica en el Anexo IF-2024-03451797-AFIP-DVOPME#SDGOAI que se incluye y forma parte de la presente disposición.
Que el presente acto contribuye al cumplimiento de un objeto prioritario de la DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS, en materia de descongestionamiento de los depósitos y resguardo de la renta fiscal
Que la comercialización impulsada se efectuara en pública subasta, bajo modalidad electrónica, en los términos del convenio firmado entre la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS y el BANCO de la CIUDAD de BUENOS AIRES.
Que las condiciones de venta establecidas para el proceso de subasta pública, como también el catálogo correspondiente con el detalle de los valores base, descripción y fotografías de los bienes, se encontrará disponible para la exhibición correspondiente en la página web https://subastas.bancociudad.com.ar/.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades previstas en el Decreto N° 618/97; la Ley N° 22415; la Ley N° 25.603, y la DI-2024-37-E-AFIP-AFIP.
Por ello,
EL SR. JEFE DEL DEPARTAMENTO ADUANA DE MENDOZA
DISPONE:
ARTÍCULO 1º.- AUTORIZAR la venta en pública subasta de las mercaderías descriptas en el Anexo IF-2024- 03451797-AFIP-DVOPME#SDGOAI, el que se aprueba y forma parte integrante de la presente, en el estado en que se encuentran y exhiben, por intermedio del BANCO CIUDAD de BUENOS AIRES, de acuerdo a los valores base y con las observaciones que en cada caso se indican.
ARTÍCULO 2°.- La subasta pública de las mercaderías detalladas en el artículo precedente, se efectuará bajo modalidad electrónica a través de la página WEB del Banco Ciudad de Buenos Aires https://subastas.bancociudad.com.ar/ de acuerdo a los términos y condiciones allí previstos, el día 31 de octubre de 2024.
ARTÍCULO 3º.- PUBLICAR la presente autorización de venta en pública subasta en el Boletín Oficial de la República Argentina, por el plazo de un (01) día.
ARTÍCULO 4°.– REGÍSTRESE con las formalidades de práctica y comuníquese. Dese intervención respectiva a la Sección Análisis de Procesos Operativos de la Dirección Regional Aduanera Central y a la División Coordinación de Secuestros y Rezagos para la continuación del trámite respectivo. Cumplido archívese.
Javier Alberto Drake
e. 18/10/2024 N° 73650/24 v. 18/10/2024