ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS SUBDIRECCIÓN GENERAL DE OPERACIONES ADUANERAS DEL INTERIOR
Resolución 215/2019
RESOL-2019-215-E-AFIP-SDGOAI
Ciudad de Buenos Aires, 02/09/2019
VISTO lo actuado en el SIGEA N° 17955-4-2017 del registro de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL de INGRESOS PÚBLICOS, y
CONSIDERANDO
Que por RESOL-2019-15-E-AFIP-SDGOAI de fecha 25 de Enero de 2019, se habilitó el depósito fiscal general de la firma “Marea Patagónica S.A.” CUIT N° 30-70760539-8, ubicado en Ruta Provincial N° 1 S/N, Parque Industrial de la localidad de PUERTO MADRYN, Pcia de CHUBUT, con una superficie total de 808.50 m2 (ochocientos ocho con cincuenta metros cuadrados), compuesta por 508.50 m2 (quinientos ocho con cincuenta metros cuadrados) cubiertos y 300 m2 (trescientos metros cuadrados) descubiertos, acorde a lo especificado en el plano obrante a fs. 276 de la presente actuación, en jurisdicción de la Aduana de PUERTO MADRYN, conforme Resolución General N° 4352 .
Que en el artículo segundo de la citada resolución se estableció que la la habilitación tendría vigencia hasta el 02/09/2019, fecha en la cual vencía la habilitación municipal incorporada a fs. 147.
Que la Resolución General N° 4352 en el Anexo I punto V permite extender la vigencia de la habilitación hasta DIEZ (10) años, renovables en forma no automática, sujeto al cumplimiento de los parámetros establecidos por la norma.
Que en función a lo expuesto y habiendo acreditado la firma que se encuentran cumplidos todos los requisitos para la continuidad de la habilitación otorgada, se impone extender el plazo establecido en el artículo segundo de la RESOL-2019-15-E-AFIP-SDGOAI, de fecha 25 de Enero de 2019, hasta el 25 de enero de 2029 de conformidad a lo establecido en el Apartado V, Punto 1 del Anexo I, de la Resolución General N° 4352. Ello sin perjuicio de supeditar la vigencia operativa del depósito fiscal, al mantenimiento por parte del permisionario de los requisitos, condiciones operativas y documentales tenidas en cuenta para su habilitación.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo N° 1 de la Disposición N° DI-2018-6-E-AFIP-DGADUA.
Por ello,
EL SUBDIRECTOR GENERAL DE LA SUBDIRECCIÓN GENERAL DE OPERACIONES ADUANERAS DEL INTERIOR
RESUELVE:
ARTICULO 1°.– Extiéndase la vigencia de la habilitación otorgada por RESOL-2019-15-E-AFIP- SDGOAI de fecha 25 de Enero de 2019, al depósito fiscal general de la firma “Marea Patagónica S.A.” CUIT N° 30-70760539-8, ubicado en Ruta Provincial N° 1 S/N, Parque Industrial de la localidad de PUERTO MADRYN, Pcia de CHUBUT, en jurisdicción de la Aduana de PUERTO MADRYN, hasta el 25 de enero de 2029, de conformidad a lo establecido en el Apartado V, Punto 1 del Anexo I de la Resolución General N° 4352.
ARTICULO 2 °.– Establécese que la vigencia operativa del depósito fiscal en la Tabla de Lugares Operativos (LOT) del Sistema Informático MALVINA o la que en el futuro la reemplace, quedará sujeta al mantenimiento por parte del permisionario de los requisitos, condiciones operativas y documentales establecidas en los Anexos I, II, III, IV y V de la Resolución General N° 4352, tenidas en cuenta para su habilitación, tal como se expone en el artículo tercero de la RESOL-2019-15-E-AFIP-SDGOAI.
ARTICULO 3°.- Regístrese. Comuníquese. Dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación y publíquese en el Boletín de la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS. Tome conocimiento la Dirección Regional Aduanera PATAGONICA. Remítase la presente a la División Aduana de PUERTO MADRYN para su conocimiento y notificación por Sistema de Notificación y Comunicación Electrónica Aduanera (SICNEA). Gustavo Adolfo Echegoyen
e. 04/09/2019 N° 65644/19 v. 04/09/2019