Comunicación “A” 6908/2020

BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

Comunicación “A” 6908/2020

 

19/02/2020

A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:

Ref.: Circular CAMEX 1 – 834. Exterior y cambios. Adecuaciones.

Nos dirigimos a Uds. para comunicarles que esta Institución adoptó la siguiente resolución con vigencia a partir del 20.02.20:

“1. Incluir como punto 4.6. del Texto ordenado sobre las normas de “Exterior y cambios”, el siguiente:

“4.6. Cancelación de líneas de crédito comerciales del exterior por parte de entidades financieras.

Las entidades financieras tendrán acceso al mercado de cambios para la cancelación al vencimiento de líneas de crédito comerciales otorgadas por entidades financieras del exterior y aplicadas a la financiación de operaciones de exportación o importación de residentes.

También podrán acceder para precancelar dichas líneas de crédito en la medida que la financiación otorgada por la entidad local haya sido precancelada por el deudor.

La entidad deberá contar con la validación de la declaración del “Relevamiento de activos y pasivos externos” de la entidad, en la medida que sea aplicable.”

2. Reemplazar el inciso 10.7.1. del Texto ordenado sobre las normas de “Exterior y cambios”, por el siguiente:

“10.7.1. Cancelación por parte de las entidades financieras.

Las entidades financieras tendrán acceso al mercado de cambios, en las condiciones previstas en el punto 4.6., para la cancelación de líneas de crédito comerciales del exterior aplicadas a la financiación de importaciones argentinas de bienes y de los servicios contenidos en la condición de compra pactada, en la medida que la misma califique como deuda comercial según lo dispuesto en el punto 10.2.4.”

Asimismo, les informamos que posteriormente les haremos llegar las hojas que, en reemplazo de las oportunamente provistas, corresponderá incorporar en las normas de la referencia.

Saludamos a Uds. atentamente.

BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

Oscar C. Marchelletta, Gerente Principal de Exterior y Cambios a/c – María D. Bossio, Subgerente General de Regulación Financiera a/c.

e. 21/02/2020 N° 9381/20 v. 21/02/2020

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