Resolución 5/2020

ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS SUBDIRECCIÓN GENERAL DE OPERACIONES ADUANERAS DEL INTERIOR

Resolución 5/2020

RESOL-2020-5-E-AFIP-SDGOAI

Ciudad de Buenos Aires, 14/02/2020

VISTO lo tramitado en el SIGEA N° 17955-22-2017 del registro de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL de INGRESOS PÚBLICOS, y

CONSIDERANDO

Que la firma “CNH INDUSTRIAL ARGENTINA S.A.” (Ex IVECO ARGENTINA S.A.), CUIT N° 30- 58589526-8, presentó con fecha 13 de junio de 2016 la solicitud de habilitación del depósito fiscal particular, ubicado en Ruta Nacional N° 9, Km 695 – Ingreso por Puesto “A”, intersección colectora y calle pública sin número, de la localidad de Ferreyra, Provincia de CORDOBA, jurisdicción de la Aduana CORDOBA, en los términos de la Resolución General N° 3871 hoy Resolución General N° 4352.

Que a fs. 434, la Dirección Gestión de los Recursos y Presupuesto remite los antecedentes que dieron origen a la actuación en trato, a esta Subdirección General a través de la Nota N° 281/2018 (DI GERP), de fecha 18 de Mayo de 2018, a fin de continuar con el trámite de habilitación del depósito fiscal en trato.

Que analizada la actuación por la División Zonas Primarias y Fronteras, la misma fue remitida mediante Nota N° 148/18 (DV ZPYF) de fecha 6 de setiembre de 2018 con observaciones a la División Aduana CORDOBA , a fin de que la firma tomara conocimiento y diera cumplimiento a la totalidad de los extremos requeridos para la habilitación pretendida.

Que obran en la actuación el dictamen N° 59/19 (DV RJU4) -fs.820/822- y los informes de la Aduana local N° 494/2019 (AD CORD) -fs.818- , y de la Dirección Regional Aduanera CENTRAL, Nota N° 279/2019 (DI RACE) –-fs. 823 in fine-, propiciando la continuidad del trámite de habilitación.

Que obra a fs. 881/883, E-Mail N° 9/2019 (DV CORA) de fecha 30/12/2019, en el cual se informa que el punto operativo cumple con los requerimientos de acceso online, toma de imágenes instantáneas, el acceso a la visualización de archivos históricos y a la descarga de archivos de video, restando cumplimentar los 60 días de archivo online, los cuales se cumplimentarían el 24/02/2020.

Que se encuentra publicado en el Micro sitio “AFIP Depósitos Fiscales” el Manual del desarrollador del Sistema informático de control de stock parmente, que deberá cumplimentar el depositario conforme lo establecido en el Anexo IV punto 10 y concordantes de la Resolución General N° 4352.

Que conforme lo expuesto y habiendo tomado la intervención que les compete las Subdirecciones Generales de Técnico Legal Aduanera mediante la Nota N°10/2020 (DI LEGA) de fecha 14 de enero de 2020, de Asuntos Jurídicos a través del IF-2020-00070674-AFIP-DVDRTA#SDGASJ, de fecha 29 de enero de 2020 y las áreas competentes de esta Subdirección General, corresponde aprobar el trámite de habilitación.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo N° 1 de la DI-2018-6-E-AFIP- DGADUA.

Por ello,

LA SUBDIRECTORA GENERAL DE LA SUBDIRECCIÓN GENERAL DE OPERACIONES ADUANERAS DEL INTERIOR

RESUELVE:

ARTICULO 1°.– Habilítese el depósito fiscal particular de la firma “CNH INDUSTRIAL ARGENTINA S.A”, CUIT N° 30-58589526-8 (Ex IVECO ARGENTINA S.A.), ubicado en Ruta Nacional N° 9, Km 695 – Ingreso por Puesto “A”, intersección colectora y calle pública sin número, de la localidad de Ferreyra, Provincia de CORDOBA, jurisdicción de la Aduana CORDOBA, con una superficie cubierta de SETENTA Y OCHO CON OCHENTA Y SIETE METROS CUADRADOS (78,87 m2), una superficie descubierta de ONCE MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y SEIS METROS CUADRADOS (11.946 m2 ) y una superficie semicubierta de TRESCIENTOS OCHO CON TRECE METROS CUADRADOS (308,13 m2) , conformando una superficie total de DOCE MIL TRESCIENTOS TREINTA Y TRES METROS CUADRADOS (12.333 m2 ), acorde a lo especificado a fs. 692 y al plano obrante a fs. 542, conforme Resolución General N° 4352.

ARTICULO 2°:– Determínese que la habilitación tendrá vigencia por el plazo de DIEZ (10) años a contar desde su notificación al interesado, de conformidad a lo establecido en el Apartado V, Punto 1 del Anexo I de la Resolución General N° 4352.

ARTICULO 3°.– Establécese que la vigencia operativa del depósito fiscal en la Tabla de Lugares Operativos (LOT) del Sistema Informático MALVINA o la que en el futuro la reemplace, quedará sujeta a la acreditación del histórico de SENSENTA (60) días de las cámaras de CCTV, al mantenimiento por parte del permisionario de los requisitos, condiciones operativas, documentales y tecnológicas, establecidas en los Anexos I, II, III, IV y V de la Resolución General N° 4352, tenidas en cuenta para su habilitación y al cumplimiento de lo prescripto en la citada norma respecto al Sistema informático de control stock permanente.

ARTICULO 4°: Regístrese. Comuníquese. Dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación y publíquese en el Boletín de la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS. Tome conocimiento la Dirección Regional Aduanera CENTRAL y la Aduana CORDOBA.. Por la División Zonas Primarias y Fronteras notifíquese por Sistema de Comunicaciones y Notificaciones Electrónicas Aduaneras (SICNEA) al interesado y continúese con los trámites de rigor. Silvia Nery Pisanu

e. 19/02/2020 N° 8538/20 v. 19/02/2020

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