Resolución Conjunta 80/2019

SECRETARÍA DE COMERCIO EXTERIOR Y SECRETARÍA DE INDUSTRIA

Resolución Conjunta 80/2019

RESFC-2019-80-APN-SCE#MPYT

Ciudad de Buenos Aires, 30/09/2019

VISTO el Expediente Nº EX-2019-17937502- -APN-DE#MPYT, y

CONSIDERANDO:

Que la firma LABORATORIOS RICHMOND S.A.C.I.F., C.U.I.T. N° 30- 50115282-6, ha solicitado los beneficios establecidos en el Régimen de Importación de Bienes Integrantes de “Grandes Proyectos de Inversión”, conforme a la Resolución Nº 256 de fecha 3 de abril de 2000 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA, modificada por las Resoluciones Nros. 1.089 de fecha 28 de diciembre de 2000 y 8 de fecha 23 de marzo de 2001, ambas del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA, 216 de fecha 2 de mayo de 2003 del ex MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN, 424 de fecha 31 de agosto de 2016 y 432 de fecha 11 de septiembre de 2017, ambas del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN.

Que la mencionada normativa, así como la Resolución N° 204 de fecha 5 de mayo de 2000 de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERÍA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA y sus modificatorias, establecen los requisitos que debe cumplir la firma peticionante para acceder a los beneficios del mencionado régimen.

Que la Resolución N° 242 de fecha 11 de abril de 2019 del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO introdujo modificaciones a la Resolución N° 256/00 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA, estableciendo en su Artículo 15 que las mismas no serán de aplicación a las solicitudes que a la fecha se encuentren pendientes de resolución, con excepción de lo previsto en los Artículos 9° y 11 de dicha norma.

Que los bienes a importar forman parte de un proyecto destinado a la instalación de una línea de producción nueva, completa y autónoma, destinada la elaboración de formas sólidas orales de principios activos de alta potencia hasta OEB4, conforme al Artículo 2° de la Resolución Nº 256/00 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA y sus modificatorias.

Que los bienes mencionados en el Artículo 1° de la presente resolución, serán instalados en el predio declarado por la citada empresa en las actuaciones indicadas en el Visto.

Que la firma peticionante adquirirá UN (1) agitador piloto y UN (1) recipiente simple de origen nacional, los cuales forman parte de las líneas de producción, y por ende, quedan alcanzados por las restricciones previstas por el mencionado régimen y deberán ser debidamente auditados.

Que, hasta el momento, la referida empresa no ha informado la importación de repuestos al amparo del Artículo 10 de la Resolución Nº 256/00 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA y sus modificatorias.

Que la UNIVERSIDAD TECNOLOGICA NACIONAL (Facultad Regional Avellaneda), ha intervenido desde el punto de vista técnico en el análisis del proyecto opinando que el mismo responde a lo previsto en la legislación vigente.

Que conforme al Artículo 16 de la Resolución N° 204/00 de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERÍA, la Dirección Nacional de Industria de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA, y la SUBSECRETARÍA DE FACILITACIÓN DEL COMERCIO de la SECRETARÍA DE COMERCIO EXTERIOR, ambas del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, han analizado el proyecto de manera conjunta, emitiendo un dictamen del cual surge que la línea a importar encuadra dentro de los objetivos fijados por la Resolución Nº 256/00 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA, modificada por las Resoluciones Nros. 1.089/00 y 8/01, ambas del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA, 216/03 del ex MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN, 424/16 y 432/17, ambas del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, determinando procedente la solicitud de la firma LABORATORIOS RICHMOND S.A.C.I.F. conforme a las disposiciones del régimen referido.

Que la firma LABORATORIOS RICHMOND S.A.C.I.F. declaró bajo juramento que no está ingresando al país bienes o componentes de bienes comprendidos dentro del marco de la Ley Nº 24.051 de Residuos Peligrosos y sus modificaciones, y de la Ley Nº 24.040 de Compuestos Químicos.

Que conforme al Artículo 5° de la Resolución Nº 256/00 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA y sus modificatorias, la empresa deberá adquirir bienes de uso nuevos de origen local por un monto igual o superior al VEINTE POR CIENTO (20 %) del valor total de aquellos bienes nuevos importados al amparo del mencionado régimen. Tal obligación deberá cumplirse desde la presentación de la solicitud del beneficio ante la Autoridad de Aplicación y hasta el plazo máximo de DOS (2) años posteriores a la presente resolución aprobatoria del proyecto

Que de acuerdo a los Artículo 14 y 14 bis de la resolución citada en el considerando precedente y 19 y 19 bis de la Resolución N° 204/00 de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERÍA y sus modificatorias, el proyecto aprobado deberá ser objeto de una auditoría a realizarse una vez que hayan expirado todos los plazos previstos para el cumplimiento de los compromisos adoptados por la empresa beneficiaria derivados del mencionado régimen.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN y TRABAJO ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente resolución se dicta conforme a lo previsto por el Decreto Nº 174 de fecha 2 de marzo de 2018 y sus modificatorios, y el Artículo 8º de la Resolución Nº 256/00 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA y sus modificatorias.

Por ello,

LA SECRETARIA DE COMERCIO EXTERIOR

Y

EL SECRETARIO DE INDUSTRIA

RESUELVEN:

ARTÍCULO 1º.– Considérase sujeta a lo establecido por la Resolución Nº 256 de fecha 3 de abril de 2000 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA, modificada por las Resoluciones Nros. 1.089 de fecha 28 de diciembre de 2000 y 8 de fecha 23 de marzo de 2001, ambas del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA, 216 de fecha 2 de mayo de 2003 del ex MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN, 424 de fecha 31 de agosto de 2016 y 432 de fecha 11 de septiembre de 2017, ambas del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN y 242 de fecha 11 de abril de 2019 del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, la importación de bienes integrantes del proyecto presentado por la firma LABORATORIOS RICHMOND S.A.C.I.F., C.U.I.T. N° 30- 50115282-6, destinado a la instalación de una línea de producción nueva, completa y autónoma, para la elaboración de formas sólidas orales de principios activos de alta potencia hasta OEB4, cuya descripción de bienes se detallan a continuación:

Nº DE ORDEN DESCRIPCIÓN DE LA MERCADERÍA CANTIDAD (unidades)
1 Aislador WIBO tipo BGKVO 200/143  (marca: Weisstechnik // modelo: Wibo Barrier worplace type BGKVO 200/143) UNA (1)
2 Kwik – Molino KS05 (Tipo aislador) -tipo: Tamizador a fuerza centrífuga, acero inoxidable 316L, motor de 0.375kW de velocidad variable, malla intercambiable según necesidad – (marca: Hanningfield // modelo: Kwik Sift KS05)  UNA (1)
3 Estación de Llenado de Bolsas Hicoflex para Aislador (Estructura de Acople) (tipo: bolsa  de plastico especial para trasnportar producto semi-elaboardo // marca: GEA // modelo: Hicoflex Charge Station 6” (DN150))  UNA (1)
4 Combinación de máquinas para el granulado de alta contención, compuesta por:  Granulador de Alta Contención (marca: GEA // modelo: UltimaPro™-75 )  “Molino con Accesorios” (tipo: Molino tamizador-compactador // marca: Quadro  // modelo: Comill U10) ( 4.1)  “Tablero Electrico”  (marca: Rital // modelo: TS System ) (4.2), “Tablero de Mando”  (marca: GEA // modelo: Pepperl&Fuchs touch screen version ) (4.3), “Sistema de Vacio y  Recuperacion de Solventes”  ( marca: ATS // modelo: Vacuum dryer-MW prepared type ) (4.4),  “Sistema de Carga por Vacio (lanza)” (marca: GEA // modelo: N/A ) (4.5), “Descarga de Hicoflex al Granulador (Estructura de Acople)” (marca: GEA  // modelo: Hicoflex® Discharge Station 6” (DN150) ) (4.6), “Valvula Mariposa de Contencion para Descarga a Contenedor” (marca: GEA // modelo: DN150 MC type Buckvalve®) (4.7),  “Computadora, Impresora, Monitor, Mouse, Teclado y UPS” (marca: Koning&Hartman / HP / Philips / Microsoft / Microsoft / Eaton // modelo: Desktop GHB120-Q17-16-3H-W10 / Office Jet PRO6230 / 17” / N/A / N/A / 5P850I ) (4.8), “Sistema de Valvulas para Limpieza” ( marca: GEA // modelo: N/A ) (4.9), “Sistema de Muestro de Producto Seco”  ( marca: Prosys Sampling Systems // modelo: Intrusive plug valve type ) (4.10), “Bomba Peristaltica para Adicion de Liquidos y Medidor de Flujo de Masa”  ( marca:Watson Marlow / Endress&Hauser  // modelo: 501RLC2CA / Promass 83P08 ) (4.11), “Unidad de Balance de Calor x2” ( marca: ToolTemp // modelo: TT188 ) (4.12), “Placa Divisora” ( marca: GEA // modelo: N/A ) (4.13), “Estructura de Apoyo” ( tipo: material de acero inoxidable // marca: GEA // modelo: N/A ) (4.14). UNA (1)
5 Cabina Seguridad tipo EL12F2-Ex ATEX 22  (marca: Weisstechnik // modelo: Safety Workbox Type EL12F2-Ex ATEX 22) UNA (1)
6 Combinación de máquinas para el mezclado de productos activos y excipientes:  Mezclador (PLB300) (marca: GEA // modelo: PLB300) “Tablero de Mando” (marca: GEA // modelo: N/A) (6.1)  “Computadora, Impresora, Monitor, Mouse y Teclado” (marca: GEA // modelo: Dell Precision Tower 3620 XCTO BASE. Dell 24 Monitor / P2417H – 60.5cm(23.8”) Black UK ) (6.2) “Tablero Electrico” (marca: GEA // modelo: N/A ) (6.3) UNA (1)
7 Combinación de máquinas para la producción de comprimidos de alta contención, compuesta por: “Comprimidora de Alta Contención”(marca: GEA // modelo: MODUL™ P with WOL-ECM Lite)  “Desempolvador y Detector de Metales” ( marca: Pharmatech // modelo: PFC 1000 CE iSeries HC WOL ) (7.1), “Hicobox 25 Litros” ( marca: GEA // modelo: Hicobox 25 liter) (7.2), “Carro Porta Torreta y Sistema de lavado”  (tipo: material de acero inoxidable // marca: GEA // modelo: N/A) (7.3),  “Valvula de Carga con Actuador (DN150 MC) y Sistema de Compensacion de Producto a la Comprimidora” ( marca: GEA // modelo: DN150MC) (7.4), “Pinza de Sellado por Calor y Sistema de Liner” ( marca: GEA // modelo: N/A ) (7.5), “KIT para Sistema de Lavado” ( marca: GEA // modelo: N/A ) (7.6), “Carro Porta Sistema de Alimentacion” (tipo: material de acero inoxidable // marca: GEA // modelo: N/A ) (7.7), “Sistema de Agitado para Polvos de Baja Fluidez” ( marca: GEA // modelo: N/A ) (7.8), “Herramienta para Apertura de Valvula DN150 MC” ( marca: GEA // modelo: DN150MC ) (7.9). UNA (1)
8 Elevador A (PL400) (tipo: columna de acero inoxidable para elevar contenedores, altura de 3800mm  // marca: GEA // modelo: PL400) UNA (1)
9 Cabina Seguridad tipo EL18F2 ( marca: Weisstechnik // modelo: Safety Workbox Type EL18F2) UNA (1)
10 Durometro Easy Check Pro Erweka (5 Param) ( marca: Erweka // modelo: EASYCHECK) UNA (1)
11 Equipo Friabilidad – TAR 120 con tambor izquierdo Erweka ( marca: Erweka // modelo: TAR-120), con su: Tambor izquierdo ( marca: Erweka // modelo: N/A) (11.1) UNA (1)
12 Equipo Desintegración – Desitegrador Erweka Mod. ZT722 (marca: Erweka // modelo: ZT-722), con su: Canasta Tipo A, 6 Tubos, Malla 10 ( marca: Erweka // modelo: N/A) (12.1), Disco Magnetico Set x 6 Unidades Rojos ( marca: Erweka // modelo: N/A) (12.2), Disco Magnetico Set x 6 Unidades Verdes ( marca: Erweka // modelo: N/A) (12.3). UNA (1)
13 Combinación de máquinas para el recubrimiento de comprimidos , compuesta por: “Paila (Recubridor)” (marca: GEA // modelo: ConsiGma Coater Pilot Single-Drum 160mm) “Tablero Electrico y Neumatico” ( marca: Rittal // modelo: TS system ) (13.1),  “Sistema de Carga de Comprimidos” ( marca: GEA // modelo: Type 2 ) (13.2),  “Sistema de Descarga de Comprimidos” ( marca: GEA // modelo: N/A ) (13.3),  “Desempolvador” ( marca: GEA // modelo: N/A ) (13.4),  “Carro Porta Tambor” (tipo: material de acero inoxidable // marca: GEA // modelo: N/A ) (13.5),  “Sistema de Inyeccion de Aire” ( marca: Seven Air // modelo: SKG 2.1-SPEC ) (13.6),  “HMI” ( marca: GEA // modelo: N/A ) (13.7) “Computadora, Impresora, Mouse, Teclado y UPS” ( marca: Koning&Hartman / HP / Microsoft  / Microsoft / Eaton // modelo: IPC GHB120-Q17-16-3H-W10 / PRO 6230 / N/A / 600 / 5P850I ) (13.8) “Carro Cassette” (tipo: material de acero inoxidable // marca: GEA // modelo: N/A ) (13.9) “Sistema de Descarga por Vacio” ( marca: Volkmann / GEA // modelo: PPC350VS-F200 / N/A ) (13.10) “Unidad Base de Revestimiento con Sistema de Carga al Vacío” ( marca: GEA // modelo: N/A ) (13.11) “Tolvas y Casetes de Carga y Descarga de Comprimidos” ( marca: GEA // modelo: N/A ) (13.12) “Tambor de 160mm” ( marca: GEA // modelo: 160mm Drum ) (13.13). UNA (1)
14 Contenedor de Alta Contencion 50lts ( tipo: contenedore de traslado de producto semi-elaborado // marca: GEA // modelo:50 Litre Invertible Powder IBC) con su : “Carro Porta Contenedor” (marca: GEA // modelo: N/A )  (14.1) “Valvula Pasiva DN150 MC” (marca: GEA //modelo:DN150 MC type Buckvalve® ) (14.2) “Marco de Apilamiento” (marca: GEA // modelo: N/A )  (14.3) UNA (1)
15 Contenedor de Alta Contencion 100lts ( tipo: contenedore de traslado de producto semi-elaborado // marca: GEA // modelo: 1100 Litre Invertible Powder IBC) con su : Valvula Pasiva DN150 MC”  ( marca: GEA  // modelo: DN150 MC type Buckvalve® )(15.1) TRES (3)
16 Contenedor de Alta Contencion 150lts ( tipo: contenedore de traslado de producto semi-elaborado // marca: GEA // modelo: 150 Litre Invertible Powder IBC) con su : “Valvula Pasiva DN150 MC”  (marca: GEA // modelo: DN150 MC type Buckvalve® )(16.1) DOS (2)
17 Planta de Agua Purificada por RO + RO 200lt / h – SKID ( marca: Stilmas // modelo: RO+RO 200 lt/h) – KIT Incluye:Bombas de circulación wfi, nr. 1 diseño sanitario de servicio (1 de repuesto), caudal 3 m3 / hr-5 bar.Tanque de almacenamiento de efi, capacidad de 500 litros, cilíndrico vertical, presión de 3 bar g / fv, fabricado en AISI 316L UNA (1)
18 Maquina Desblisteadora Semi-Autimatico Universal SIMPATY F140 ( marca: OMAR S.R.L. // modelo: SIMPATY – F140) UNA (1)
19 Maquina Enfriadara de Agua – Tipo polivarente versión con intercambiadores con placas- SKID  ( marca: Trox  // modelo: NRP1655A4°°°P4R4 ) – KIT Incluye:AER485P1: Placa para comunicación con lenguaje MODBUS, AVX: amortiguadores, P4 – Sin acumulación, con bomba de alta impulsión y bomba de reserva, R4 – Con bomba de alta presión y bomba de reserva. DOS (2)
20 Cabina de Niebla – tipo: cabina de acero inoxidable, vidrio templado de 6mm, caudal de agua 1.9-2.6 L/min en uso, filtros H14-  ( marca:AEC // modelo: Misting Booth) TRES (3)
21 Adición de Hicoflex para Contenedor (Estructura de Acople) (tipo: bolsa  de plastico especial para trasnportar producto semi-elaboardo // marca: GEA // modelo:Hicoflex Discharge Station 6” (DN150) )  con su: “Valvula Activa/Pasiva DN150 MC” ( marca: GEA // modelo: DN150 MC type Buckvalve® ) (21.1); “Actuador liviano DN150 MC” ( marca: GEA // modelo: DN150 MC type Buckvalve® ) (21.2) ; “Hicoflex Adaptador”  ( marca: GEA // modelo: Hicoflex adaptor 6” (DN150)) (21.3) UNA (1)
22 Estación de Lavado de Contenedores ( tipo: estructura de acero inoxidable // marca: GEA // modelo: N/A) con su: “Actuador Manual Valvula DN150 MC” ( marca: GEA // modelo:DN150 MC type Buckvalve®)  ( 22.1); “Lanza Manual” ( marca: GEA // modelo: N/A ) (22.2) UNA (1)
23 MÁQUINA FARMACÉUTICA – APILADORA ELECTROMANUAL ULMA MOD. EMS-600 Voltaje 12 V ( marca:ULMA // modelo: EMS-600) UNA (1)
24 TKM-50-HE-EU – Unidad Manejadora de Aire:UMA-1 – con filtros (G1, G4, F7 y F13), con serpentina agua fria: 8 Hileras y 8 aletas, con serpentina agua caliente: 2 Hileras y 12 aletas, con ventiladores: 9 (PF_K3G_310), con economizador – ( marca: Trox // modelo: TKM-50-HE-EU) UNA (1)
25 TKM-50-HE-EU – Unidad Manejadora de Aire:UMA-2 – con filtros (G1, G4, F7 y F13), con serpentina agua fria: 8 Hileras y 12 aletas, con serpentina agua caliente: 2 Hileras y 12 aletas, con ventiladores: 9 (PF_K3G_310) – ( marca: Trox // modelo: TKM-50-HE-EU) UNA (1)
26 TKM-50-HE-EU – Unidad Manejadora de Aire:UMA+UVE-3 – con filtros (G1, G4, F7 y F13), con serpentina agua fria: 6 Hileras y 8 aletas, con serpentina agua caliente: 2 Hileras y 8 aletas, con ventiladores: 1 (PF_K3G_310) – ( marca: Trox // modelo: TKM-50-HE-EU) UNA (1)
27 TKM-50-HE-EU – Unidad Manejadora de Aire:23935A-0A04:UMA-4 – con filtro (G1, G4, F7 y F13), con serpentina agua fria: 8 Hileras y 12 aletas, con serpentina agua caliente: 2 Hileras y 8 aletas, con ventiladores: 2 (PF_K3G_450), con economizador – ( marca: Trox // modelo: TKM-50-HE-EU) UNA (1)
28 TKM-50-HE-EU – Unidad Manejadora de Aire:UMA-5 – con filtros (G1, G4, F7 y F13), con serpentina agua fria: 4 Hileras y 8 aletas, con serpentina agua caliente: 1 Hileras y 8 aletas, con ventiladores: 1 (PF_K3G_310) – ( marca: Trox // modelo: TKM-50-HE-EU) UNA (1)
29 TKM-50-HE-EU – Unidad Manejadora de Aire:UMA-6 – con filtros (G1, G4 y F7), con serpentina agua fria: 6 Hileras y 10 aletas, con serpentina agua caliente: 1 Hileras y 8 aletas, con ventiladores: 3 (PF_K3G_310) – ( marca: Trox // modelo: TKM-50-HE-EU) UNA (1)
30 TKM-50-HE-EU – Unidad Manejadora de Aire:UMA-IS – con filtros (G4, y F9), con serpentina agua fria: 8 Hileras y 10 aletas, con serpentina agua caliente: 2 Hileras y 10 aletas – ( marca: Trox // modelo: TKM-50-HE-EU) UNA (1)
31 TKM-50-HE-EU – Unidad Manejadora de Aire:UMA-7 – con filtros (G1 y G4), con serpentina agua fria: 8 Hileras y 10 aletas, con serpentina agua caliente: 1 Hileras y 8 aletas, con ventiladores: 1 (PF_K3G_450) – ( marca: Trox // modelo: TKM-50-HE-EU) UNA (1)

ARTÍCULO 2°.– El monto de los bienes sujetos al beneficio de la presente resolución es de un valor FOB EUROS TRES MILLONES QUINIENTOS SESENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS CINCUENTA (€ 3.566.250), EXW EUROS DOSCIENTOS DIECIOCHO MIL NOVECIENTOS TREINTA Y NUEVE (€ 218.939), EXW DÓLARES ESTADOUNIDENSES CIENTO CUARENTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS SETENTA Y NUEVE (USD 146.979), CPT EUROS DOCE MIL CIENTO QUINCE (€ 12.115), CIF EURO VEINTISÉIS MIL QUINIENTOS TREINTA Y CUATRO (€ 26.534) y CIF LIBRAS ESTERLINAS VEINTINUEVE MIL CIEN (€ 29.100) (sin repuestos). Asimismo, a fin de determinar el monto correspondiente a repuestos deberá tenerse en cuenta lo previsto en el Artículo 10 de la Resolución Nº 256 de fecha 3 de abril de 2000 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA y sus modificatorias.

ARTÍCULO 3°.- En virtud de lo estipulado en el Artículo 12 de la Resolución Nº 256/00 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA y sus modificatorias, se otorga el plazo de UN (1) año a partir de la fecha de la emisión de la presente resolución, para la importación de los bienes detallados en el Artículo 1° de la misma y de los repuestos que se importen al amparo del Artículo 10 de la Resolución Nº 256/00 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA y sus modificatorias.

ARTÍCULO 4º.– El incumplimiento por parte de la firma peticionante de los objetivos establecidos en el proyecto de inversión antes mencionado y/o de las obligaciones establecidas en el citado régimen y/o de los límites para importación de repuestos estipulados en el Artículo 10 de la Resolución Nº 256/00 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA y sus modificatorias, dará lugar a la aplicación de los Artículos 15 y/o 15 bis de la citada resolución. La sanción dispuesta por el Artículo 15 bis de la Resolución Nº 256/00 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA y sus modificatorias, será aplicable también en el caso de comprobarse que la peticionante hubiere incurrido en el incumplimiento previsto en el Artículo 6º de la mencionada resolución.

ARTÍCULO 5º.– Infórmese en los términos de los Artículos 18 y 19 de la Resolución N° 256/00 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA y sus modificatorias, a la Dirección General de Aduanas, dependiente de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE HACIENDA, a los efectos de que proceda a liberar las garantías oportunamente constituidas. Para ello, deberá verificarse el cumplimiento de la totalidad de las obligaciones a cargo de la interesada, una vez realizados los informes de auditoría en los términos de los Artículos 14 y 14 bis de la Resolución N° 256/00 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA y 19 y 19 bis de la Resolución N° 204 de fecha 5 de mayo de 2000 de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERÍA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA.

ARTÍCULO 6°.– La firma peticionante deberá adquirir bienes de uso nuevos de origen local por un monto igual o superior al VEINTE POR CIENTO (20 %) del valor total de aquellos bienes nuevos importados al amparo del mencionado régimen, conforme lo establecido en el Artículo 5° de la Resolución Nº 256/00 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA y sus modificatorias. Las adquisiciones mencionadas deberán cumplirse desde la presentación de la solicitud del beneficio ante la Autoridad de Aplicación y hasta el plazo máximo de DOS (2) años posteriores a la presente resolución aprobatoria del proyecto.

ARTÍCULO 7°.– A través de la Dirección de Exportaciones dependiente de la SUBSECRETARÍA DE FACILITACIÓN DEL COMERCIO de la SECRETARÍA DE COMERCIO EXTERIOR del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, notifíquese a la firma LABORATORIOS RICHMOND S.A.C.I.F. de la presente medida.

ARTÍCULO 8º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Delia Marisa Bircher – Fernando Félix Grasso

e. 01/10/2019 N° 74471/19 v. 01/10/2019

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