La Cámara de Importadores de la República Argentina (CIRA) es una organización no gubernamental, privada y sin fines de lucro, con una trayectoria de 114 años al servicio del sector importador.
Considérase sujeta al beneficio establecido por el Decreto Nº 1.174/16, para la importación de bienes usados integrantes del proyecto presentado por la firma MOLINO PAMPA BLANCA SOCIEDAD ANÓNIMA, C.U.I.T. N° 30-61212275-6.
Considérase sujeta a lo establecido por la Resolución Nº 256/00, para la importación de bienes integrantes del proyecto presentado por la firma COMPAÑÍA INDUSTRIAL CERVECERA SOCIEDAD ANÓNIMA, C.U.I.T. N° 30-50577985-8.
Disponer la suspensión de los términos procesales desde el día 30 de septiembre al 4 de octubre del año en curso en las Vocalías de la competencia aduanera, sin perjuicio de la validez de los actos cumplidos.
Establécese que los siguientes procedimientos a partir del 4 de octubre de 2019 deberán tramitarse a través de la plataforma “Trámites a Distancia” (TAD).
Créase el Observatorio de Tramitación Digital en el ámbito de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA dependiente de la SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA.