Resolución 3/2020

ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS SUBDIRECCIÓN GENERAL DE OPERACIONES ADUANERAS DEL INTERIOR

Resolución 3/2020

RESOL-2020-3-E-AFIP-SDGOAI

Ciudad de Buenos Aires, 14/02/2020

VISTO lo tramitado en el SIGEA N° 12770-1747-2019 del registro de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL de INGRESOS PÚBLICOS, y

CONSIDERANDO

Que la firma “Santhor S.A.” CUIT N° 30-71563792-4 presentó con fecha 3 de Septiembre de 2019, carta de intención respecto de un depósito fiscal general en los términos de lo normado en el art. 3° de la Resolución General AFIP N° 4352, ubicado en la calle Nuncio de Caro 555, Localidad de PUERTO MADRYN, Provincia de CHUBUT, jurisdicción de la División Aduana de PUERTO MADRYN.

Que la firma solicita la habilitación de un depósito fiscal con una superficie aproximada de MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y UNO CON OCHENTA Y SIETE METROS CUADRADOS (1891,87 m2), para cargas generales, acorde al plano obrante a fs.156.

Que obra a fs. 81/82 la intervención de la División Aduana PUERTO MADRYN y a fs. 93 y 141 de la Dirección Regional Aduanera PATAGONICA, las cuales opinan favorablemente respecto del proyecto de habilitación de depósito fiscal presentado por la firma Santhor S.A.

Que han tomado intervención que les compete las Subdirecciones Generales de Técnico Legal Aduanera mediante NOTA N° 8/2020 (DI LEGA) de fecha 14/01/2020 -fs. 162-, y de Asuntos Jurídicos a través del informe IF-2020-00059176-AFIP-DVDRTA#SDG OAI de fecha 24 de enero de 2020 -fs. 163/164-, de Operaciones Aduaneras del Interior, corresponde aprobar la solicitud de prefactibilidad iniciada en los términos de la Resolución General N° 4.352

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo N° 1 de la DI-2018-6-E-AFIP- DGADUA.

Por ello,

LA SUBDIRECTORA GENERAL DE LA SUBDIRECCIÓN GENERAL DE OPERACIONES ADUANERAS DEL INTERIOR

RESUELVE:

ARTICULO 1°.- Apruébese la factibilidad del proyecto de depósito fiscal general presentado por “Santhor S.A.” CUIT N° 30-71563792-4, ubicado en la calle Nuncio de Caro 555, Localidad de PUERTO MADRYN, Provincia de CHUBUT, jurisdicción de la División Aduana de PUERTO MADRYN.

ARTICULO 2°: Establécese que a los fines de la habilitación del depósito fiscal general en trato, la firma deberá cumplimentar el trámite de habilitación normado en la Resolución General AFIP N° 4352 y cumplir con los requerimientos documentales, físicos y tecnológicos especificados en la misma.

ARTICULO 3°.– Regístrese. Comuníquese. Dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación y publíquese en el Boletín de la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS. Tome conocimiento la Dirección Regional Aduanera PATAGONICA y la División Aduana PUERTO MADRYN. Por la División Zonas Primarias y Fronteras notifíquese por Sistema de Comunicaciones y Notificaciones Electrónicas Aduaneras (SICNEA) al interesado y continúese con los trámites de rigor. Silvia Nery Pisanu

e. 19/02/2020 N° 8521/20 v. 19/02/2020

Compartilo

WhatsApp
Facebook
Twitter
LinkedIn
Email