Resolución 4/2020

ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS

Resolución 4/2020

RESOL-2020-4-E-AFIP-DGADUA

Ciudad de Buenos Aires, 27/02/2020

VISTO la Actuación SIGEA Nº 17142-147-2016 del Registro de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución Nº 36/2000 (DGA) se incluyó a la firma SIEMENS S.A. para operar en el Régimen de Aduanas Domiciliarias, establecido por Resolución General Nº 596 (AFIP), fijándose el asiento de la Aduana Domiciliaria en las instalaciones ubicadas en la calle 122 N° 4785 (RUTA 8 KM 18), Partido de General San Martin, Provincia de Buenos Aires.

Que el grupo económico conformado por las empresas SIEMENS S.A. y SIEMENS HEALTHCARE S.A., a través de su representante legal, solicitan extender su operatoria incorporando a la firma SIEMENS HEALTHCARE S.A. para operar en el Régimen de Aduanas Domiciliarias, regulado por la Resolución General Nº 596 (AFIP) y sus modificatorias.

Que justifica su pretensión manifestando que los accionistas de SIEMENS HEALTHCARE S.A. continuarán siendo los mismos que actualmente posee SIEMENS S.A., constituyendo aquella una separación patrimonial y legal del área de salud del grupo económico.

Que a fin de determinar el efectivo cumplimiento de lo estipulado en la Resolución General Nº 596 (AFIP), el Departamento Operador Económico Autorizado (DI REPA) efectuó las consultas necesarias a los sistemas informáticos de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS.

Que, reunida que fuera la información obtenida de los distintos sistemas, el Departamento Operador Económico Autorizado (DI REPA) concluyó que la empresa reúne los requisitos para su inclusión dentro del Régimen de Aduanas Domiciliarias.

Que han tomado la intervención que les compete las Subdirecciones Generales de Operaciones Aduaneras Metropolitanas y de Control Aduanero.

Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por la Resolución General Nº 596 (AFIP) y por los artículos 4º y 9º, apartado 1, inc. h) del Decreto 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios.

Por ello,

LA DIRECTORA GENERAL DE LA DIRECCION GENERAL DE ADUANAS

RESUELVE:

ARTICULO 1º.- Inclúyase en el Régimen de Aduanas Domiciliarias, establecido en la Resolución General Nº 596 (AFIP) y sus modificatorias, a la firma SIEMENS HEALTHCARE S.A (CUIT 30-71496863-3), con domicilio fiscal y legal en la calle 122 N° 4785 (RUTA 8 KM 18), Partido de General San Martín, Provincia de Buenos Aires.

ARTICULO 2º.- Autorizase a la firma SIEMENS HEALTHCARE S.A. a desarrollar su operatoria en el Régimen de Aduanas Domiciliarias establecido en la Resolución General Nº 596 (AFIP) y sus modificatorias, en las instalaciones sitas en la calle 122 N° 4785 (RUTA 8 KM 18), Partido de General San Martín, Provincia de Buenos Aires.

ARTICULO 3º.– Acéptese para operar en el citado régimen la garantía de actuación de NOVENTA Y TRES MILLONES NOVECIENTOS OCHENTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y CUATRO PESOS ($ 93.983.844), la que deberá constituirse dentro de los TREINTA (30) días hábiles contados desde la fecha de entrada en vigencia de la presente.

ARTICULO 4º.– Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial, difúndase en el Boletín de la Dirección General de Aduanas y archívese. Silvia Brunilda Traverso

e. 02/03/2020 N° 10783/20 v. 02/03/2020

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