La Cámara de Importadores de la República Argentina (CIRA) es una organización no gubernamental, privada y sin fines de lucro, con una trayectoria de 114 años al servicio del sector importador.
Se modifican determinados artículos de la Resolución Nº 220/19 de la SEyPME, norma que crea el Registro de Empresas MiPyMES que será administrado por la Dirección Nacional de Competitividad y Financiamiento PYME.
Se aceptan las renuncias presentadas por las firmas detalladas en el Anexo I. Las toneladas descontadas por la presente medida pasarán a formar parte del Fondo de Libre Disponibilidad, para la categoría Industria, y del Fondo de Libre Disponibilidad de Proyectos Conjuntos, para la categoría Proyectos.
Se sustituyen determinados artículos y los formularios de los Anexos IV, V, VII, IX, XI y XIII de la Resolución N° 523/17 de la SC, norma relativa al trámite de las Licencias Automáticas y No Automáticas en destinaciones de importación definitiva para consumo.
Se sustituyen determinados artículos de la Resolución N° 599/16 de la SIyS, norma que establece los requisitos a los que deberán ajustarse las solicitudes que se realicen en el marco del Régimen de Desarrollo y Fortalecimiento del Autopartismo Argentino.
Se crea en el ámbito de la Subsecretaría de acciones para la defensa de las y los consumidores de SCI, el Sistema de Fiscalización de Rótulos y Etiquetas (SiFIRE) con el objetivo principal de prevenir cualquier afectación en la veracidad o precisión de la información contenida en los rótulos o etiquetas como así también en la transparencia y competencia leal entre los distintos oferentes de bienes y servicios en el mercado interno.
Se aprueba la Reglamentación del Decreto N° 996/20, norma que exceptúa la prohibición de importación y comercialización de determinadas lámparas halógenas de acuerdo a los usos indicados.
Declárase procedente la apertura de examen por expiración del plazo de vigencia de la medida antidumping dispuesta por la Resolución N° 218/2019 de “Anteojos de Sol, Armazones para Anteojos y Gafas (Anteojos) Correctoras o Pregraduadas” originarias de la REPÚBLICA POPULAR CHINA, mercaderías que clasifican en las posiciones arancelarias de la N.C.M. 9003.11.00, 9003.19.10, 9003.19.90, 9004.10.00 y 9004.90.10.