Resolución General 5103/2021
Régimen de Tiendas Libres. Resoluciones Nros. 4.483/82 y 1.101/94 de la entonces Administración Nacional de Aduanas. Su sustitución.
La Cámara de Importadores de la República Argentina (CIRA) es una organización no gubernamental, privada y sin fines de lucro, con una trayectoria de 114 años al servicio del sector importador.
Régimen de Tiendas Libres. Resoluciones Nros. 4.483/82 y 1.101/94 de la entonces Administración Nacional de Aduanas. Su sustitución.
Cierre del examen por expiración de plazo de la medida antidumping dispuesta por la Resolución N° 218/2019 de “anteojos de sol, armazones para anteojos y gafas (anteojos) correctoras o pregraduadas”, originarias de la REPÚBLICA POPULAR CHINA, mercadería que clasifica en las posiciones arancelarias de la N.C.M. 9003.11.00, 9003.19.10, 9003.19.90, 9004.10.00 y 9004.90.10.
En este evento contaremos con la presencia de AlephCRM y Locus quienes estarán comentando las estrategias, tácticas y herramientas que facilitan la integración del canal
Ref.: Circular CAMEX 1 – 900. Exterior y cambios. Adecuaciones.
Ampliación del plazo autorizado en ocasión de la rehabilitación de la solicitud de destinación de exportación prevista en el apartado 3. del artículo 38 del Decreto N° 1.001/82 y sus modificatorios.
Inclúyase en el Régimen de Aduanas Domiciliarias establecido en la Resolución General Nº 596 (AFIP) y sus modificatorias, a la firma IVECO ARGENTINA S.A. (CUIT N.º 33-71711421-9).
RESOG-2021-5101-E-AFIP-AFIP – Procedimiento. Ley N° 27.653. Condonación de deudas. Alivio Fiscal para el sostenimiento económico. Beneficios a contribuyentes cumplidores. Su implementación.
La Embajada de Brasil junto con la CIRA invitan a los socios a participar del Workshop de Gestión Coordenada de Fronteras que se realizará del
A los fines de la obtención del Certificado de Tipificación de Importación Temporaria (C.T.I.T.) en los términos del Decreto N° 1.330 de fecha 30 de septiembre de 2004 y sus modificatorios, el/la usuario/a deberá presentar una solicitud a través de la plataforma web de Trámites a Distancia (TAD) o la que en el futuro la reemplace, en los términos que se indica en la presente resolución.