Cierre del examen por expiración de plazo de la medida impuesta mediante la Resolución Nº 314/2016, de “Aparatos con funciones múltiples, provistos de recipientes y accesorios intercambiables para procesar alimentos y líquidos, comúnmente denominados procesadoras o multiprocesadoras, excluidos los de uso manual”, originarias de la REPÚBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL y de la REPÚBLICA POPULAR CHINA, mercadería que clasifica en la posición arancelaria de la N.C.M. 8509.40.50. Mantiene vigentes las medidas antidumping dispuestas por la Resolución Nº 314/16.