Brasil | Misión Comercial del Gobierno de Minas Gerais
El Gobierno de Minas Gerais, con el apoyo de la Embajada de Brasil en Buenos Aires, invita a los socios de la CIRA a participar
La Cámara de Importadores de la República Argentina (CIRA) es una organización no gubernamental, privada y sin fines de lucro, con una trayectoria de 114 años al servicio del sector importador.
El Gobierno de Minas Gerais, con el apoyo de la Embajada de Brasil en Buenos Aires, invita a los socios de la CIRA a participar
Del 7 al 10 de septiembre de 2022 se llevará a cabo la versión híbrida de la 18º Feria Internacional Halal, en Kuala Lumpur, Malasia.
AUTORIZAR la venta de los materiales componentes de las mercaderías inutilizadas, con fines de reciclado y/o reutilización, en el estado en que se encuentran y exhiben, de acuerdo al valor base y con las observaciones que en cada caso se indican en el Anexo IF-2022-00578464-AFIPOMSRADBARR#SDGOAI que integra la presente.
Desconócese el origen declarado de la vajilla clasificada en la posición arancelaria de la N.C.M. 6911.10.10, exportadas a la ARGENTINA por la firma PT INDO PORCELAIN, importadas por la firma FALABELLA S.A., Despacho de Importación Nº 19 001 IC04 160128 P de fecha 10 de septiembre de 2019, por no cumplir con las condiciones para ser considerada originaria de la INDONESIA, en los términos de lo dispuesto por los Artículos 14 de la Ley N° 22.415 (Código Aduanero) y 3° de la Resolución N° 437/2007.
Reconócese el origen declarado de las cintas métricas clasificadas en la posición arancelaria de la N.C.M. 9017.80.10, exportados y fabricados por la firma NEW WAVE INDUSTRIES de la REPÚBLICA DE LA INDIA e importados por la empresa RENOS SRL de la ARGENTINA, correspondiente al Despacho de Importación 20 001 IC04 150326 G de fecha 18 de septiembre de 2020 por cumplir con las condiciones para ser considerados originarios de INDIA en los términos de lo dispuesto en los Artículos 14 de la Ley N° 22.415 (Código Aduanero) y 3° de la Resolución N° 437/2007.
Reconócese el origen declarado de las cintas métricas clasificadas en la posición arancelaria de la N.C.M. 9017.80.10, exportados y fabricados por la firma FMI LIMITED de la INDIA e importados por la empresa PROCTEC ASOCIADOS S.R.L. de la ARGENTINA, por cumplir con las condiciones para ser considerados originarios de INDIA en los términos de lo dispuesto en los Artículos 14 de la Ley N° 22.415 (Código Aduanero) y 3° de la Resolución N° 437/2007 y sus modificatorias.
APROBAR la venta de los Lotes detallados en el Anexo IF-2022-00570479-AFIPADOBER#SDGOAI que forman parte integrante del presente acto, comercializados en subasta electrónica Nº 2684.
APROBAR la venta del Lote detallado en el Anexo IF-2022-00578817-AFIP-ADGUAL#SDGOAI, comercializado en subasta electrónica Nº 2.675.
Procedimiento. Ley N° 27.653. Beneficio a contribuyentes cumplidores inscriptos en el Impuesto a las Ganancias. Amortización Acelerada. Resolución General N° 5.101 y su modificatoria. Norma complementaria.
Nomenclatura Común del Mercosur (NCM). Clasificación arancelaria de mercaderías en la citada nomenclatura, de acuerdo con el procedimiento previsto en la Resolución General N° 1.618. Criterios de Clasificación Nros. 37/22 al 42/22. NCM: 3824.99.89, 7616.99.00, 3909.40.11, 8536.50.90, 9403.70.00 y 9004.10.00.