Tratados y Convenios Internacionales
Acuerdo de Complementación Económica N° 18 celebrado entre Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay (AAP.CE/18.194) – Centésimo Nonagésimo Cuarto Protocolo Adicional.
La Cámara de Importadores de la República Argentina (CIRA) es una organización no gubernamental, privada y sin fines de lucro, con una trayectoria de 114 años al servicio del sector importador.
Acuerdo de Complementación Económica N° 18 celebrado entre Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay (AAP.CE/18.194) – Centésimo Nonagésimo Cuarto Protocolo Adicional.
Autorizar la venta de las mercaderías, en el estado en que se encuentran y exhiben -con la debida antelación y bajo modalidad electrónica-, de acuerdo al valor base y con las observaciones que en cada caso se indican en el Anexo IF-2022-01402957-AFIP-ADSAJA#SDGOAI que integra la presente.
Autorizar la venta de las mercaderías, en el estado en que se encuentran y exhiben -con la debida antelación y bajo modalidad electrónica-, de acuerdo al valor base y con las observaciones que en cada caso se indican en el Anexo IF-2022-01402540-AFIP-OMSRADPASO#SDGOAI que integra la presente.
Autorizar la venta de las mercaderías, en el estado en que se encuentran y exhiben -con la debida antelación y bajo modalidad electrónica, de acuerdo al valor base y con las observaciones que en cada caso se indican en el Anexo IF-2022-01415801-AFIP-ADFORM#SDGOAI que integra la presente.
AUTORIZAR la venta de las mercaderías, en el estado en que se encuentran y exhiben -con la debida antelación y bajo modalidad electrónica-, de acuerdo al valor base y con las observaciones que en cada caso se indican en el Anexo IF-2022-01405667-AFIP-ADCORR#SDGOAI que integra la presente.
AFP – Agencia France Presse
Apruébase el documento “GUÍA PARA LA AUTORIZACIÓN SANITARIA DE PRODUCTOS VEGETALES A BASE DE CANNABIS Y SUS DERIVADOS DESTINADOS AL USO Y APLICACIÓN EN LA MEDICINA HUMANA, SEGÚN RESOLUCIÓN MS N° 781/22” que como Anexo (IF-2022-82715353-APN-INAME#ANMAT) forma parte integrante de la presente disposición.
Impuesto a las Ganancias. Pago a cuenta aplicable a sujetos enumerados en el artículo 73 de la ley del gravamen, con ingresos extraordinarios. Su implementación.
Créase el Corredor Aduanero “VACA MUERTA” para el Régimen de destinación suspensiva de importación temporal, destinado a bienes que ingresan para ser utilizados en la construcción del “GASODUCTO PRESIDENTE NESTOR KIRCHNER”, con el objetivo de dar un tratamiento prioritario y de celeridad al desaduanamiento de tales mercaderías.