Comunicación “A” 7631/2022
Incorporar como actividad comprendida en el punto 2.2. de las normas sobre “Servicios complementarios de la actividad financiera y actividades permitidas” la categoría de “Agente de Liquidación y Compensación Integral – Agroindustrial” –que podrán tener únicamente como actividad complementaria la de corretaje de granos