Establécense los términos de los acuerdos de precios a suscribirse con los sujetos comercializadores o proveedores de las mercaderías cuyas posiciones arancelarias de la N.C.M. establezca la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, que pretendan adherirse al PROGRAMA DE INCREMENTO EXPORTADOR.