Resolución 1131/2023
Continúase la investigación por presunto dumping de “Tejidos de punto por urdimbre (raschel), de fibras sintéticas, con un contenido de hilados de elastómeros superior o igual al 5% en peso (sin hilos de caucho), de ancho inferior o igual a 30 cm; y cintas con uno o ambos bordes no rectilíneos, de fibras sintéticas..”, originarios de la REPÚBLICA POPULAR CHINA, mercadería que clasifica en las posiciones arancelarias de la N.C.M. 6002.40.20 y 6307.90.90, sin la aplicación de medidas antidumping provisionales.