julio 19, 2024

Resolución 590/2024

Establécese que los fondos que se regularicen, en los términos del capítulo V del título II de la Ley N° 27.743 de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes, podrán destinarse para la suscripción o adquisición de los instrumentos financieros mencionados en el artículo 31 de la ley y/o a las finalidades y/o a las inversiones previstas en el último párrafo del literal (ii) del cuarto párrafo de ese artículo que establezca el Ministerio de Economía.

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