Resolución 165/2025
Se modifica la Resolución 53/17, extendiendo de uno (1) a cuatro (4) años el plazo de ausencia de movimientos hacia el Circuito Unión Europea (UE) para que un establecimiento ganadero sea dado de baja del Registro Nacional.
La Cámara de Importadores de la República Argentina (CIRA) es una organización no gubernamental, privada y sin fines de lucro, con una trayectoria de 114 años al servicio del sector importador.
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Se modifica la Resolución 53/17, extendiendo de uno (1) a cuatro (4) años el plazo de ausencia de movimientos hacia el Circuito Unión Europea (UE) para que un establecimiento ganadero sea dado de baja del Registro Nacional.
Distribúyese la cantidad de 7.200 t. de “Maní Confitería”, “Maní Partido”, “Maní Blancheado”, “Grana de Maní” y “Maní Tostado” asignada por los ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA a la REPÚBLICA ARGENTINA, para el período comprendido entre el 1 de abril de 2025 y el 31 de marzo de 2026.
Procedimiento. Registro Fiscal de Actividades Mineras. Regímenes de retención. Régimen de información de Titulares de Derechos de Exploración o Cateo. Resolución General Nº 5.333. Su modificación.
Mosca de los Frutos. Emergencia Fitosanitaria en el distrito La Arboleda, Departamento Tupungato, Provincia de MENDOZA. Declaración.
Procedimiento. Sistema de Acciones de Control Electrónico (SIACE). Resolución General N° 5.364. Norma modificatoria.
Ingreso y egreso de moneda, instrumentos negociables y metales preciosos amonedados hacia y desde el territorio argentino. Resoluciones Generales Nros. 2.704 y 2.705 y sus modificatorias. Su sustitución.
Incorpórase al ordenamiento jurídico nacional la resolución 3 del 9 de junio de 2022 del Grupo Mercado Común, “SUB-ESTÁNDAR 3.7.53 REQUISITOS FITOSANITARIOS PARA VACCINIUM SPP. (ARÁNDANO) SEGÚN PAÍS DE DESTINO Y ORIGEN, PARA LOS ESTADOS PARTES DEL MERCOSUR”
Enmiendas a los anexos II, VIII Y IX del Convenio de Basilea sobre el Control de los Movimientos Transfronterizos de los Desechos Peligrosos y su Eliminación.
Apruébase el procedimiento de solicitud y asignación de cupo para la importación de vehículos, con alícuota del 0 % de D.I.E. prevista en el Decreto 49/2025.