Comunicación “A” 7594/2022

BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

Comunicación “A” 7594/2022

 

01/09/2022

A LAS ENTIDADES FINANCIERAS,

A LAS CASAS DE CAMBIO:

Ref.: Circular CAMEX 1-933: Exterior y cambios. Adecuaciones

Nos dirigimos a Uds. para comunicarles que esta Institución adoptó la siguiente resolución:

1. Reemplazar el punto 10.14.2.12. de las normas de “Exterior y cambios” por el siguiente.

“10.14.2.12. la importación tenga asociada una declaración SIMI categoría B o C vigente y los bienes abonados correspondan a productos farmacéuticos y/o insumos en la medida que sean utilizados para elaboración local de los mismos, otros bienes relacionados con la atención de la salud o alimentos para el consumo humano alcanzados por lo dispuesto por el Artículo 155 Tris del Código Alimentario Argentino, cuyas posiciones arancelarias según la Nomenclatura Común del MERCOSUR (NCM) se encuentran detalladas en el punto 10.14.5.”

2. Reemplazar el título del punto 10.14.5. de las normas de “Exterior y cambios” por el siguiente:

“10.14.5. Posiciones arancelarias de la NCM para productos farmacéuticos y/o insumos utilizados en la elaboración local de los mismos, otros bienes relacionados con la atención de la salud o alimentos para el consumo humano alcanzados por lo dispuesto por el Artículo 155 Tris del Código Alimentario Argentino.”

3. Incorporar a las posiciones arancelarias 1513.29.10.000N y 1511.90.00.000H en el listado previsto en el punto 10.14.5. de las normas de “Exterior y cambios”.

4. Incorporar como último párrafo del punto 3.1.a) de la Comunicación “A” 7532, referido a la declaración jurada que se debe requerir al cliente para acceder al mercado de cambios para cursar pagos por importaciones de servicios, lo siguiente:

“La entidad deberá, adicionalmente a solicitar la declaración jurada del cliente, constatar que tal declaración resulta compatible con los datos existentes en el BCRA a partir del sistema online implementado a tal efecto.”

A los efectos indicados, las entidades deberán acceder al mismo sistema que ya se utiliza para los pagos de importaciones de bienes.

Asimismo, les informamos que posteriormente les haremos llegar las hojas que, en reemplazo de las oportunamente provistas, corresponderá incorporar en las normas de referencia.

Saludamos a Uds. atentamente.

BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

Oscar C. Marchelletta, Gerente Principal de Exterior y Cambios – María D. Bossio, Subgerenta General de Regulación Financiera.

e. 06/09/2022 N° 69564/22 v. 06/09/2022

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