Comunicación “A” 7200/2021

BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

Comunicación “A” 7200/2021

06/01/2021

A LAS ENTIDADES FINANCIERAS,

A LAS CASAS DE CAMBIO:

Ref.: Circular CAMEX 1 – 875. Exterior y Cambios. Adecuaciones.

Nos dirigimos a Uds. para comunicarles que esta Institución adoptó la siguiente resolución:

“1. Establecer el “Registro de información cambiaria de exportadores e importadores de bienes” según las condiciones que se establecen en el Anexo que se acompaña.

2. Establecer que las personas humanas y jurídicas que sean consideradas sujetos obligados, cuyo listado será dado a conocer por cuerda separada a través de Comunicación “C”, deberán cumplimentar el “Registro de información cambiaria de exportadores e importadores de bienes” antes del 30.04.2021 a través del aplicativo que se establecerá a tal efecto.

3. Establecer que, a partir del 01.05.2021, las entidades deberán contar con la conformidad previa del BCRA para dar curso a aquellas operaciones que correspondan a egresos por el mercado de cambios –incluyendo aquellas que se concreten a través de canjes o arbitrajes- de los sujetos obligados a cumplimentar el “Registro de información cambiaria de exportadores e importadores de bienes” cuyo trámite conste como “NO INSCRIPTO”.

La entidad deberá verificar previamente a dar curso a la operación de egreso, en el sitio habilitado para tal fin, si el exportador e importador se encuentra alcanzado en la presente normativa y el estado de su trámite.

Este requisito no resultará de aplicación para el acceso al mercado para las cancelaciones de financiaciones en moneda extranjera otorgadas por entidades financieras locales”.

Asimismo, les informamos que posteriormente les haremos llegar las hojas que, en reemplazo de las oportunamente provistas, corresponderá incorporar en las normas de la referencia.

Saludamos a Uds. atentamente.

BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

Eva Cattaneo Tibis, Gerenta de Normas de Exterior y Cambios – Oscar C. Marchelletta, Gerente Principal de Exterior y Cambios.

ANEXO

e. 11/01/2021 N° 821/21 v. 11/01/2021

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