BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
Comunicación “A” 7313/2021
24/06/2021
A LAS ENTIDADES FINANCIERAS,
A LAS CASAS DE CAMBIO:
Ref.: Circular CAMEX 1-891: Exterior y cambios. Adecuaciones.
Nos dirigimos a Uds. para comunicarles que esta Institución adoptó la siguiente resolución:
“1. Establecer que las disposiciones previstas en el punto 3.5.7. de las normas de “Exterior y cambios”, referidas al acceso al mercado de cambios para cursar pagos de endeudamientos financieros del exterior a contrapartes vinculadas, se mantendrán en vigor hasta el 31.12.2021 inclusive.
2. Establecer que las disposiciones previstas en los puntos 10.3.2.7., 10.4.2.10., 10.4.3.9. y 10.11. de las normas de “Exterior y cambios”, referidas al acceso al mercado de cambios para cursar pagos de importaciones de bienes, se mantendrán en vigor hasta el 31.12.2021 inclusive.
3. Reemplazar el punto 10.11.1.2. de las normas de “Exterior y cambios” por el siguiente:
“10.11.1.2. Más el monto de los pagos cursados por el mercado de cambios a partir del 6.7.2020 que correspondan a importaciones de bienes ingresadas por Solicitud Particular o Courier o a operaciones que queden comprendidas en los puntos 10.9.1. a 10.9.3., que se hayan embarcado a partir del 1.7.2020 o que habiendo sido embarcadas con anterioridad no hubieran arribado al país antes de esa fecha.”
4. Reemplazar el punto 10.11.5. de las normas de “Exterior y cambios” por el siguiente:
“10.11.5. Se trate de un pago de importaciones de bienes cursado por una persona jurídica que tenga a su cargo la provisión de medicamentos críticos cuyo registro de ingreso aduanero se concreta mediante Solicitud Particular por el beneficiario de la cobertura médica.”
Por otra parte, les hacemos llegar en anexo las hojas que, en reemplazo de las oportunamente provistas, corresponde incorporar a la norma de referencia en función de lo previsto en la presente comunicación.
Asimismo, les señalamos que se incorporaron interpretaciones normativas en los puntos 8.5.17.17., 8.5.17.24., 10.9.1., 10.9.2. y 10.9.3.
En tal sentido, se recuerda que en la página de esta Institución www.bcra.gob.ar, accediendo a “Sistema Financiero – MARCO LEGAL Y NORMATIVO – Ordenamientos y resúmenes – Textos ordenados de normativa general”, se encontrarán las modificaciones realizadas con textos resaltados en caracteres especiales (tachado y negrita).
Saludamos a Uds. atentamente.
BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA
Oscar C. Marchelletta, Gerente Principal de Exterior y Cambios – María D. Bossio, Subgerenta General de Regulación Financiera.
e. 28/06/2021 N° 44320/21 v. 28/06/2021