BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
Comunicación “A” 7630/2022
03/11/2022
A LAS ENTIDADES FINANCIERAS,
A LAS CASAS DE CAMBIO:
Ref.: Circular CAMEX 1-943: Exterior y cambios. Adecuaciones.
Nos dirigimos a Uds. para comunicarles que esta Institución adoptó la siguiente resolución con vigencia a partir del 4.11.2022:
1. Exceptuar del requisito de liquidación en el mercado de cambios previsto en el punto 2.2. de las normas de “Exterior y cambios”, en la medida que se ingresen dentro de los plazos normativos establecidos, a las siguientes operaciones de servicios:
1.1. los cobros de consumos efectuados a partir de la vigencia de la presente por no residentes mediante tarjetas de débito, crédito, compra o prepagas emitidas en el exterior.
1.2. los cobros por cualquier tipo de servicio turístico en el país contratados por no residentes a partir de la vigencia de esta Resolución, incluyendo aquellos contratados a través de agencias mayoristas y/o minoristas de viajes y turismo del país.
1.3. los cobros de servicios de transporte de pasajeros no residentes con destino en el país por vía terrestre, aérea o acuática, contratados a partir de la vigencia de la presente Resolución.
A los efectos del registro de estas operaciones se deberán confeccionar dos boletos sin movimiento de pesos, el boleto de compra se realizará por el concepto de servicios al que corresponda el ingreso y el boleto de venta bajo el concepto “A10. Débito/crédito de moneda extranjera en cuentas locales por transferencias con el exterior.”.
Asimismo, les informamos que posteriormente les haremos llegar las hojas que, en reemplazo de las oportunamente provistas, corresponderá incorporar en las normas de referencia.
Saludamos a Uds. atentamente.
BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
Oscar C. Marchelletta, Gerente Principal de Exterior y Cambios – María D. Bossio, Subgerenta General de Regulación Financiera.
e. 07/11/2022 N° 90092/22 v. 07/11/2022