Comunicación “A” 7763/2023

BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

Comunicación “A” 7763/2023

 

04/05/2023

A LAS ENTIDADES FINANCIERAS,

A LAS CASAS DE CAMBIO:

Ref.: Circular CAMEX 1-961:

Exterior y cambios. Adecuaciones.

Nos dirigimos a Uds. para comunicarles que esta Institución adoptó la siguiente resolución:

“1. Establecer que para otorgar acceso al mercado de cambios para el pago de importaciones temporales de porotos de soja excluidos p/siembra (posición arancelaria 12.01.90.00 de la Nomenclatura Común del Mercosur (NCM)), las entidades deberán adicionalmente verificar que, por el monto equivalente al que se pretende abonar, el cliente:

1.1. ha liquidado cobros de exportaciones asociados a la exportación a consumo con despacho de importación temporaria (DIT) con transformación concretada a partir de los bienes importados temporariamente que se abonan, y/o

1.2. liquida simultáneamente cobros anticipados o prefinanciaciones de exportaciones del exterior o prefinanciaciones de exportaciones otorgadas por entidades financieras locales con fondeo en líneas de crédito del exterior, que tengan una fecha de vencimiento que sea igual o posterior a la fecha en que se producirá la exportación de los bienes elaborados a partir de aquellos importados temporariamente que se abonan.”

Asimismo, les informamos que posteriormente les haremos llegar las hojas que, en reemplazo de las oportunamente provistas, corresponderá incorporar en las normas de referencia.

Saludamos a Uds. atentamente.

BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

Oscar C. Marchelletta, Gerente Principal de Exterior y Cambios. – María D. Bossio, Subgerenta General de Regulación Financiera.

e. 08/05/2023 N° 32375/23 v. 08/05/2023

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