BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
Comunicación “A” 7815/2023
03/08/2023
A LAS ENTIDADES FINANCIERAS,
A LAS CASAS DE CAMBIO:
Ref.: Circular CAMEX 1-972: Exterior y cambios. Adecuaciones.
Nos dirigimos a Uds. para comunicarles que esta Institución adoptó la siguiente resolución:
“-. Reemplazar el tercer párrafo del punto 3.2. de las normas de “Exterior y cambios” relativo al acceso al mercado de cambios para cursar pagos de servicios prestados por no residentes, por el siguiente:
“ El requisito precedente no será de aplicación cuando se trate de un pago por: i) el sector público, ii) todas las organizaciones empresariales, cualquiera sea su forma societaria, en donde el Estado Nacional tenga participación mayoritaria en el capital o en la formación de las decisiones societarias, en la medida que los pagos no correspondan a los conceptos “S08. Primas de seguros”, “S09. Siniestros” y “S10. Servicios auxiliares de seguros”, iii) los fideicomisos constituidos con aportes del sector público nacional, iv) las entidades financieras por importaciones propias de servicios que realice la misma entidad, o v) las entidades para la cancelación de cartas de crédito o letras avaladas emitidas u otorgadas hasta el 6.1.22 inclusive.”
Asimismo, les informamos que posteriormente les haremos llegar las hojas que, en reemplazo de las oportunamente provistas, corresponderá incorporar en las normas de referencia.
Saludamos a Uds. atentamente.
BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
Oscar C. Marchelletta, Gerente Principal de Exterior y Cambios – María D. Bossio, Subgerenta General de Regulación Financiera.
e. 08/08/2023 N° 61370/23 v. 08/08/2023