BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
Comunicación “A” 7864/2023
12/10/2023
A LAS ENTIDADES FINANCIERAS,
A LAS CASAS DE CAMBIO:
Ref.: Circular CAMEX 1-984: Exterior y cambios. Adecuaciones.
Nos dirigimos a Uds. para comunicarles que esta Institución adoptó la siguiente resolución:
1. Establecer que las entidades también deberán requerir la declaración SIRASE en estado “APROBADA” para, en el marco del punto 3.2. de las normas de “Exterior y cambios”, dar acceso al mercado de cambios para el pago de servicios prestados por no residentes a: i) el sector público; ii) todas las organizaciones empresariales, cualquiera sea su forma societaria, en donde el Estado Nacional tenga participación mayoritaria en el capital o en la formación de las decisiones societarias; o iii) los fideicomisos constituidos con aportes del sector público nacional.
Para aquellos mencionados en el párrafo precedente no resultará de aplicación lo previsto en el punto 1. de la Comunicación “A” 7746 respecto al plazo mínimo requerido para el acceso al mercado de cambios
2. Indicar que el requisito de contar con una declaración SIRA en estado “SALIDA” en la que conste un plazo asignado de 0 (cero) días corridos resulta de aplicación para todos los accesos al mercado de cambios en el marco de las situaciones previstas en el punto 8. de la Comunicación “A” 7622 y sus complementarias.
Asimismo, les informamos que posteriormente les haremos llegar las hojas que, en reemplazo de las oportunamente provistas, corresponderá incorporar en las normas de referencia.
Saludamos a Uds. atentamente.
BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
Oscar C. Marchelletta, Gerente Principal de Exterior y Cambios – María D. Bossio, Subgerenta General de Regulación Financiera.
e. 19/10/2023 N° 83640/23 v. 19/10/2023