Comunicación “A” 8074/2024

BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

Comunicación “A” 8074/2024

 

23/07/2024

A LAS ENTIDADES FINANCIERAS,

A LAS CASAS DE CAMBIO:

Ref.: Circular CAMEX 1-1021: Exterior y cambios. Adecuaciones.

Nos dirigimos a Uds. para comunicarles que esta Institución adoptó la siguiente resolución:

1. Establecer que el acceso al mercado de cambios para cursar pagos diferidos por el valor FOB de las importaciones oficializadas a partir del 01/08/24 que correspondan a los bienes comprendidos en el punto 10.10.1.4. de las normas de “Exterior y cambios” podrá ser realizado un 50% del valor FOB desde los 30 (treinta) días corridos contados desde el registro de ingreso aduanero de los bienes y el restante 50% desde los 60 (sesenta) días corridos contados desde igual momento.

2. Establecer que el acceso al mercado de cambios para cursar pagos diferidos por el valor FOB de las importaciones oficializadas a partir del 01/08/24 que correspondan a bienes comprendidos en el punto 10.10.1.3. de las normas de “Exterior y cambios” podrá realizarse a partir de los 90 (noventa) días corridos desde el registro de ingreso aduanero de los bienes.

3. Reemplazar el inciso iii) del punto 2.2.2.1. de las normas de “Exterior y cambios”, referido a la excepción de la obligación de liquidación los cobros de exportaciones de servicios por parte de las personas humanas, por el siguiente:

“iii) El cliente no ha utilizado este mecanismo por un monto superior al equivalente de USD 24.000 (dólares estadounidenses veinticuatro mil) en el año calendario, en el conjunto de las entidades y por el conjunto de los conceptos comprendidos.”

Asimismo, les informamos que posteriormente les haremos llegar las hojas que, en reemplazo de las oportunamente provistas, corresponderá incorporar en las normas de referencia.

Saludamos a Uds. atentamente.

BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

Eva E. Cattaneo Tibis, Gerenta de Normas de Exterior y Cambios – Oscar C. Marchelletta, Gerente Principal de Exterior y Cambios.

e. 25/07/2024 N° 48134/24 v. 25/07/2024

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