ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA
Decreto 32/2020
DCTO-2020-32-APN-PTE – Designaciones.
Ciudad de Buenos Aires, 07/01/2020
VISTO el Expediente N° EX-2019-112551685-APN-DGRRHHMS#MSYDS, los Decretos Nros. 1.490 de fecha 20 de agosto de 1992 y sus modificatorios y 50 de fecha 19 de diciembre de 2019, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto Nº 1.490/92 y sus modificatorios, se creó la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA (A.N.M.A.T.), como organismo descentralizado en la órbita del entonces MINISTERIO DE SALUD Y ACCIÓN SOCIAL.
Que por el artículo 9° del citado decreto se estableció que “La dirección, administración y representación de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA (A.N.M.A.T.), estará a cargo de un Administrador Nacional, que tendrá rango y jerarquía de Secretario y será designado por el PODER EJECUTIVO NACIONAL. El Administrador Nacional será asistido por un Subadministrador Nacional, que tendrá rango y jerarquía de Subsecretario y será designado por el PODER EJECUTIVO NACIONAL”.
Que por el Decreto N° 50/19 se estableció que la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA (A.N.M.A.T.) funcionará como organismo descentralizado bajo la órbita de la SECRETARÍA DE CALIDAD EN SALUD del MINISTERIO DE SALUD.
Que los cargos de Administrador Nacional y Subadministrador Nacional de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA (A.N.M.A.T.), se encuentran vacantes, por las renuncias presentadas por los Doctores D. Carlos Alberto CHIALE y D. Waldo Horacio BELLOSO, quienes ejercieran la titularidad de los mismos respectivamente.
Que en atención a lo expuesto precedentemente, resulta pertinente proceder a sus aceptaciones.
Que a efectos de asegurar el normal cumplimiento de las acciones que tiene asignada la mencionada Administración Nacional, se considera conveniente proceder a la cobertura de los cargos referidos.
Que el Farmacéutico D. Manuel Rodolfo LIMERES (D.N.I. N° 4.703.193) y la Licenciada Da. Valeria Teresa GARAY (D.N.I. N° 21.961.073), reúnen los requisitos de formación profesional, idoneidad y experiencia necesarias para desempeñar los cargos de Administrador Nacional y Subadministrador Nacional de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA (A.N.M.A.T.), respectivamente.
Que ha tomado la intervención de su competencia la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE SALUD.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 99 inciso 7 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y del artículo 9° del Decreto N° 1490/92 y sus modificatorios.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.– Dáse por aceptada a partir del 26 de diciembre de 2019 la renuncia presentada por el Doctor D. Carlos Alberto CHIALE (D.N.I. N° 12.091.111) al cargo de Administrador Nacional de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA (A.N.M.A.T.), organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE CALIDAD EN SALUD del MINISTERIO DE SALUD.
ARTÍCULO 2°.– Dáse por aceptada a partir del 11 de diciembre de 2019 la renuncia presentada por el Doctor D. Waldo Horacio BELLOSO (D.N.I. N° 17.200.408) al cargo de Subadministrador Nacional de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA (A.N.M.A.T.), organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE CALIDAD EN SALUD del MINISTERIO DE SALUD.
ARTÍCULO 3°.– Desígnase a partir del dictado de la presente medida al Farmacéutico D. Manuel Rodolfo LIMERES (D.N.I. N° 4.703.193), en el cargo de Administrador Nacional de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA (A.N.M.A.T.), organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE CALIDAD EN SALUD del MINISTERIO DE SALUD.
ARTÍCULO 4°.- Desígnase a partir del dictado de la presente medida, a la Licenciada Da. Valeria Teresa GARAY (D.N.I. N° 21.961.073), en el cargo de Subadministradora Nacional de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA (A.N.M.A.T.), organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE CALIDAD EN SALUD del MINISTERIO DE SALUD.
ARTÍCULO 5°.– El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas asignadas a la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA. (A.N.M.A.T.), organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE CALIDAD EN SALUD del MINISTERIO DE SALUD.
ARTÍCULO 6°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. FERNÁNDEZ – Santiago Andrés Cafiero – Ginés Mario González García
e. 08/01/2020 N° 892/20 v. 08/01/2020