BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
Comunicación “A” 8122/2024
31/10/24
A LAS ENTIDADES FINANCIERAS,
A LAS CASAS DE CAMBIO:
Ref.: Circular CAMEX 1-1030: Exterior y cambios. Adecuaciones.
Nos dirigimos a Uds. para comunicarles que esta Institución adoptó la siguiente resolución:
“- Incorporar en el punto 13.2. del texto ordenado sobre Exterior y Cambios, en el cual se establecen los plazos en que puede accederse al mercado de cambios para pagar servicios de no residentes que fueron o serán prestados a partir del 13/12/23, al siguiente:
“13.2.x. el pago corresponde a una operación que encuadra en el concepto “S31. Servicios de fletes por operaciones de exportaciones de bienes” en la cual los fletes forman parte de la condición de venta pactada con el comprador de los bienes y se concreta una vez que la exportación cuenta con el cumplido de embarque otorgado por la Aduana”.
Asimismo, les informamos que posteriormente les haremos llegar las hojas que, en reemplazo de las oportunamente provistas, corresponderá incorporar en las normas de referencia.
Saludamos a Uds. atentamente.
BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
Oscar C. Marchelletta, Gerente Principal de Exterior y Cambios – Marina Ongaro, Subgerenta General de Regulación Financiera.
e. 04/11/2024 N° 78450/24 v. 04/11/2024