MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS PARA EL MERCADO INTERNO
Disposición 15/2021
DI-2021-15-APN-SSPMI#MDP
Ciudad de Buenos Aires, 10/08/2021
VISTO el Expediente N° EX-2021-49234365-APN-DNRT#MDP, el Decreto Nº 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, las Resoluciones Nros. 319 de fecha 14 de mayo de 1999 de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERÍA del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO y sus modificatorias, 834 de fecha 9 de diciembre de 2019 de la SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO y 344 de fecha 9 de abril del 2021 de la SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, y
CONSIDERANDO:
Que la Resolución N° 319 de fecha 14 de mayo de 1999 de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERÍA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, establece que solo se podrán comercializar en el país diversos artefactos eléctricos, con la obligatoriedad de someter sus productos a la certificación del cumplimiento de las normas IRAM relativas al rendimiento o eficiencia energética de cada producto, colocando en los mismos, una etiqueta en la que se informe el rendimiento o eficiencia energética y las demás características asociadas, conforme los resultados obtenidos.
Que, en ese sentido, se ha puesto en vigencia la exigencia del etiquetado referido, mediante el dictado de la Resolución Nº 834 de fecha 9 de diciembre de 2019 de la SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO y sus modificatorias, para los productos identificados como “lavavajillas electrodomésticos”, a los efectos de certificar las informaciones suministradas en las etiquetas de eficiencia energética y características asociadas de dichos productos unificando los requisitos a cumplir integrando a las indicaciones previstas por la norma IRAM 2294-3:2016, lo prescripto por otras disposiciones destinadas a regular la información a suministrar a los consumidores.
Que, a través del expediente citado en el Visto la empresa LENOR S.R.L, solicitó su reconocimiento para desempeñarse como Laboratorio de Ensayos, para la realización de ensayos y verificaciones en materia de Etiquetado de Eficiencia Energética sobre los lavavajillas electrodomésticos.
Que asimismo, la Resolución N° 344 de fecha 9 de abril del 2021 de la SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, el Procedimiento de Reconocimiento para todo Organismo de Certificación, Organismo de Inspección y Laboratorio de Ensayos (en general “Organismos Técnicos”), cuya labor esté destinada a actuar en Procedimientos de Evaluación de la Conformidad de los Reglamentos Técnicos dictados por la SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR, deberá contar con su reconocimiento por parte de la Autoridad de Aplicación.
Que la empresa en cuestión ha presentado la documentación necesaria para dar cumplimiento con lo estipulado en el Punto 12º del anexo de la aludida resolución en razón que el presente reglamento técnico aún no posee definido un Sistema de Evaluación de la Conformidad por parte de la Autoridad de Aplicación del citado régimen.
Que, se ha verificado que la empresa LENOR S.R.L. cuenta con personería jurídica, y con la copia del texto ordenado del Estatuto que adjunta, justifica su existencia y capacidad con la escritura otorgada el día 4 de marzo de 2016, ante la escribana de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Marta S. Maure, al folio 58 del Registro Notarial 1649 a su cargo.
Que, asimismo se destaca que la firma cuenta con un plantel de personal idóneo radicado en el país, capacitado para las funciones que debe cumplir.
Que el requisito que exige el inciso c) del Punto 12 del Anexo de la Resolución N° 344/21 de la SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR, la firma presentó (IF-2021-45878485-APN-DNRT#MDP) la nota de responsabilidad de las funciones por la actividad de certificación por las que se otorgue reconocimiento, suscripta por el representante del organismo técnico en cuestión.
Que, en cumplimiento de la responsabilidad civil, luce agregada la constancia de renovación de la póliza correspondiente emitida por la compañía FEDERACIÓN PATRONAL SEGUROS S.A.” póliza N° 1812579 (IF-2021-53247906-APN-DNRT#MDP orden nro. 27) con una vigencia desde el 5 de junio de 2021 hasta el 5 de junio de 2022, con una cobertura de los riesgos de la actividad de certificación dentro de lo previsto en la legislación vigente, siendo admitida sin objeciones.
Que, en ese sentido y en relación al requisito de acreditación, estipulado en el inciso e) del Punto 12 de la Resolución N° 344/21 de la SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR, la firma se encuentra acreditada bajo el Nº LE 013 (Norma IRAM-ISO/IEC 17025:2017), y se comprobó que presentó el correspondiente formulario F01-(DC-LE-01) emitido con fecha 12 de mayo de 2021 y la nota del Comité de Acreditación de Laboratorio de Ensayos (CALE) de fecha 11 de mayo de 2021, ambos librados por el Organismo Argentino de Acreditación, según IF-2021-45878777-APN-DNRT#MDP e RE-2021-45879412-APN-DNRT#MDP respectivamente, en materia de Etiquetado de Eficiencia Energética sobre Lavavajillas electrodomésticos, bajo las Normas IRAM 2294-3: 2016 Parte 3: e IEC 60436:2015.
Que, de la misma forma, mediante los Informes de Evaluación Legal y Técnica de fechas 14 de junio de 2021 (PV-2021-53330811-APN-DNRT#MDP), 15 de junio de 2021 (IF-2021-53575038-APN-DNRT#MDP), 22 de julio de 2021 (IF-2021-66235883-APN-DNRT#MDP), se ha verificado el cumplimiento de los requisitos específicos del régimen de certificación en materia de Etiquetado de Eficiencia Energética en el cual la firma solicita su reconocimiento.
Que, la evaluación del Laboratorio de ensayos se ha realizado conforme las Resoluciones Nros. 834/19 y 344/21 ambas de la SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR y las Normas IRAM-ISO/IEC 17025, IRAM 2294-3:2016 e IEC 60436:2015.
Que, mediante el Artículo N° 2 de la Resolución N° 344/21 de la SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR, se definió como Autoridad de Aplicación del régimen en cuestión a la SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS PARA EL MERCADO INTERNO dependiente de la SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO.
Que la Dirección de Asuntos Legales de Comercio y Minería, dependiente de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente disposición se dicta en uso de las facultades otorgadas por el Decreto N°50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios y la Resolución Nº 344/21 de la SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR.
Por ello,
EL SUBSECRETARIO DE POLÍTICAS PARA EL MERCADO INTERNO
DISPONE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgase el reconocimiento a la empresa LENOR S.R.L. para desempeñarse como Laboratorio de Ensayos, para la realización de ensayos y verificaciones en materia de “Etiquetado de Eficiencia Energética sobre lavavajillas electrodomésticos”, en aplicación de la Resolución Nº 834 de fecha 9 de diciembre de 2019 de la SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO bajo las Normas IRAM 2294-3:2016 e IEC 60436:2015 y lo prescripto por en el Anexo I de la mencionada resolución.
ARTÍCULO 2º.– La presente disposición comenzará a regir a partir de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 3º.– Notifíquese a la empresa LENOR S.R.L. de la presente medida.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Matías Ginsberg
e. 11/08/2021 N° 56075/21 v. 11/08/2021