Disposición 156/2023

ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS ADUANA MENDOZA

Disposición 156/2023

DI-2023-156-E-AFIP-ADMEND#SDGOAI

 

1A. Sección, Mendoza, 13/04/2023

VISTO, actuación SIGEA 17434-6-2022 del registro de esta Administración Federal de Ingresos Públicos y,

CONSIDERANDO:

Que se halla en existencia mercaderías incursas en la Sección V, Título II, del Código Aduanero (Ley 22.415), almacenadas en el Depósito Fiscal General de la firma Multimodal S.A.C.I.A. (CUIT 30-68319993-8) sobre las que, teniendo en cuenta su naturaleza y estado, resulta procedente disponer de ellas a fin de otorgarles destino definitivo a consumo mediante acto de pública subasta.

Que sobre la base al tratamiento instaurado en la Ley 22.415 mencionado en el considerando precedente, se aplicó el procedimiento establecido en la Instrucción General 12/2005 de la Dirección de Programas y Normas de Procedimientos Aduaneros, procediéndose a la generación del respectivo manifiesto de rezago (MARE) en el Sistema Informático Malvina (S.I.M.).

Que las mercaderías en trato fueron oportunamente objeto de tareas de verificación, clasificación arancelaria y aforo correspondiente; determinándose intervención previa de terceros organismos a los fines de su importación a consumo, recayendo dicha tarea en el Instituto Nacional de Vitivinicultura.

Que mediante EX-2023-00406392- -AFIP-ODEFDVOPME#SDGOAI se requirió al Instituto Nacional de Vitivinicultura (I.N.V.) su intervención previa, conforme lo establecido en la posición arancelaria determinada al momento de clasificar la mercadería, expidiéndose dicho Instituto, en el ámbito de su competencia, determinando que los bienes que nos ocupan se hallan aptos para consumo mediante la emisión de los respectivos certificados de análisis de estilo.

Que no obstante los procedimientos efectuados por el servicio aduanero y el I.N.V., antes mencionados, en fecha 07/01/2022 mediante actuación mencionada en el VISTO, se formalizó una presentación efectuada por el titular de las mercaderías comprendidas en la presente, haciendo expreso abandono de las mismas a favor del Estado Nacional en los términos de lo establecido en el Art. 429 y s.s. del Capítulo II, Título II de la Ley 22.415, aportándose la documental de respaldo respectiva.

Que en fecha 27/04/2023 se ha fijado fecha para realizar subasta pública bajo modalidad electrónica por intermedio del Banco Ciudad de Buenos Aires siendo por tanto pronta e inminente su realización.

Que la presente se dicta conforme las facultades previstas en el Art. 9, Punto 2, Inc. (p) del Decreto 618/97, y por DI-2022-155-E-AFIP.

Por ello,

EL JEFE DEL DEPARTAMENTO ADUANA DE MENDOZA

DISPONE:

ARTÍCULO 1º.- AUTORIZAR la la venta de las mercaderías, en el estado en que se encuentran y exhiben, con la debida antelación y bajo modalidad electrónica, por intermedio del BANCO CIUDAD DE BUENOS AIRES, al valor base y con las observaciones que en cada caso se indican en el Anexo IF-2023-00741356-AFIP-ADMEND#SDGOAI que forma parte integrante del presente acto.

ARTÍCULO 2°.– La subasta pública de las mercaderías detalladas en el artículo precedente, se efectuará bajo modalidad electrónica a través de la página WEB del Banco Ciudad de Buenos Aires https://subastas.bancociudad.com.ar/ de acuerdo a los términos y condiciones allí previstos, el día 27 de Abril de 2023.

ARTÍCULO 3º.– Publicar la presente autorización de venta en pública subasta en el Boletín Oficial de la República Argentina, por el plazo de un (01) día.

ARTÍCULO 4°.– REGÍSTRESE con las formalidades de práctica y comuníquese. Dese intervención respectiva a la Sección Análisis de Procesos Operativos de la Dirección Regional Aduanera Central y la Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior. Cumplido en todas sus instancias, ARCHÍVESE.

Ludovico Hernan Lopez Meyer

Anexo

e. 14/04/2023 N° 25076/23 v. 14/04/2023

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