ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS ADUANA MAR DEL PLATA
Disposición 35/2023
DI-2023-35-E-AFIP-ADMARD#SDGOAI
Mar del Plata, Buenos Aires, 04/05/2023
VISTO, lo establecido en los artículos 419 sgtes. y ccdtes. de la Ley 22415 y teniendo en cuenta las órdenes emanadas por la Superioridad, respecto a las tareas pertinentes al descongestionamiento de las mercaderías almacenadas en los Depósitos Aduaneros, y
CONSIDERANDO:
Que, en esta División Aduana se encuentran mercaderías en condiciones de ser subastadas.
Que el 22 de septiembre de 2020 se suscribió una adenda al convenio N°12/2015 (AFIP) firmado entre la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS y el BANCO de la CIUDAD de BUENOS AIRES, que permite la celebración de subastas públicas bajo la modalidad electrónica a través de la plataforma web de la citada entidad bancaria.
Que oportunamente se envió listado de mercaderías con disponibilidad jurídica, para ser incluidas en futuras subastas públicas bajo la modalidad electrónica a la Sección Análisis de Procesos Operativos Regionales – oficina Depósito General- de la Dirección Regional Aduanera Pampeana.
Que la División Coordinación de Secuestros y Rezagos de la Dirección Coordinación y Evaluación Operativa Aduanera, en coordinación con las autoridades del Banco Ciudad de Buenos Aires, comunicaron la inclusión de mercadería de esta Aduana, en la subasta a realizarse el día 18/05/2023 a las 12:00 hs., las cuales se detallan en anexo IF-2023-00939469-AFIP-SESUADMARD%SDGOAI
Que las condiciones de venta establecidas para el proceso de subasta pública, como así también el catalogo correspondiente con el detalle de los valores base, descripción y fotografías de los bienes, se encontrará disponible para la exhibición correspondiente en la página web https://subastas.bancociudad.com.ar/.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Decreto Nº 618/97, Ley Nº 22.415 sus modificatorias y complementarias, y la disposición Nº DI-2021-67-E-AFIP-AFIP
Por ello,
EL ADMINISTRADOR DE LA ADUANA DE MAR DEL PLATA
DISPONE:
ARTICULO 1°: AUTORIZAR la venta de las mercaderías, en el estado en que se encuentran y exhiben y bajo modalidad de subasta pública, por intermedio del BANCO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES con las observaciones que en cada caso se indican en el Anexo IF-2023-00939469-AFIP-SESUADMARD%SDGOAI, que forma parte integrante del presente acto.
ARTICULO 2°: La subasta pública de las mercaderías detalladas se efectuará bajo modalidad electrónica, a través de la página web del BANCO DE LA CIUDAD de BUENOS AIRES https://subastas.bancociudad.com.ar/, de acuerdo a los términos y condiciones allí previstos, el día 18 de Mayo de 2023, a las 12:00 hs.
ARTÍCULO 3°.- Publicar la presente subasta en el Boletín Oficial de la República Argentina, por el plazo de UN (1) día.
ARTICULO 4° Regístrese, comuníquese. Pase a la Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior para la intervención de su competencia. Cumplido, archívese.
Adrian Nicolas Scaglioni
e. 08/05/2023 N° 32000/23 v. 08/05/2023