SECRETARÍA DE GESTIÓN SANITARIA Y SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA
Resolución Conjunta 16/2025
RESFC-2025-16-APN-SGS#MS
Ciudad de Buenos Aires, 08/04/2025
VISTO el Expediente N° EX-2023-56802746- -APN-DLEIAER#ANMAT, la Ley N° 18.284, los Decretos Nros. 815 del 26 de julio de 1999, sus modificatorios y complementarios, 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, y
CONSIDERANDO:
Que el Ministerio de Salud de Rio Negro solicitó la derogación del Artículo 1396 del Código Alimentario Argentino (CAA), debido a que se contrapone a las NORMAS PARA LA ROTULACIÓN Y PUBLICIDAD DE LOS ALIMENTOS, Resolución Conjunta SPRyRS N° 149/2005 y SAGPyA N° 683/2005 que incorpora la Resolución Grupo Mercado Común (GMC) N° 26/03 “Reglamento Técnico Mercosur para Rotulación de Alimentos Envasados” y deja sin efecto al mencionado artículo.
Que en el proyecto de resolución conjunta tomó intervención el Consejo Asesor de la Comisión Nacional de Alimentos (CONASE) y se sometió a la Consulta Pública.
Que la CONAL ha intervenido expidiéndose favorablemente.
Que los Servicios Jurídicos permanentes de los Organismos involucrados han tomado la intervención de su competencia.
Que se actúa en virtud de las facultades conferidas por los Decretos Nros. 815 del 26 de julio de 1999 y 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios.
Por ello,
EL SECRETARIO DE GESTIÓN SANITARIA
Y
EL SECRETARIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA
RESUELVEN:
ARTÍCULO 1º.– Derógase el Artículo 1396 del Código Alimentario Argentino.
ARTÍCULO 2º.– La presente resolución entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Alejandro Alberto Vilches – Sergio Iraeta
e. 14/04/2025 N° 22870/25 v. 14/04/2025