ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
Resolución General 5400/2023
RESOG-2023-5400-E-AFIP-AFIP – Delimitación de las Zonas Primarias Aduaneras Paso Internacional Puerto San Isidro – San Isidro y Paso Internacional Puerto Santa María – Colonia Florida, en jurisdicción de la División Aduana de San Javier.
Ciudad de Buenos Aires, 10/08/2023
VISTO el Expediente Electrónico N° EX-2020-00601969- -AFIP-ADSAJA#SDGOAI, y
CONSIDERANDO:
Que la Resolución General N° 355 y sus modificatorias, estableció los criterios y procedimientos que deben observarse para la delimitación de las Zonas Primarias Aduaneras en las Aduanas del Interior.
Que la Resolución General N° 4.169 y sus modificatorias, actualizó y unificó en un solo texto normativo los Pasos Fronterizos habilitados, en lo que aquí respecta, con la República Federativa de Brasil, así como las operatorias autorizadas y la autoridad que ejerce el control aduanero en dichos pasos.
Que, en virtud de la experiencia recogida desde el dictado de las mencionadas normas, resulta conveniente delimitar las Zonas Primarias Aduaneras Paso Internacional Puerto San Isidro – San Isidro y Paso Internacional Puerto Santa María – Colonia Florida, ambas en jurisdicción de la División Aduana de San Javier, a fin de adecuarlas a las características de la operatoria actual.
Que, asimismo, los perímetros propuestos reúnen las condiciones requeridas para su determinación como Zona Primaria Aduanera, en los términos del artículo 5° del Código Aduanero.
Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación, las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, Operaciones Aduaneras del Interior y Técnico Legal Aduanera, y la Dirección General de Aduanas.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 7° del Decreto N° 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios.
Por ello:
EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.– Determinar los límites de las Zonas Primarias Aduaneras Paso Internacional Puerto San Isidro – San Isidro y Paso Internacional Puerto Santa María – Colonia Florida, en jurisdicción de la División Aduana de San Javier como se consignan en los Anexos I (IF-2023-01822817-AFIP-SGDADVCOAD#SDGCTI) y II (IF-2023-01822871-AFIP-SGDADVCOAD#SDGCTI), que se aprueban y forman parte de la presente.
ARTÍCULO 2°.– Habilitar los predios indicados en el artículo 1° como Zonas Primarias Aduaneras, en los términos del artículo 5° del Código Aduanero.
ARTÍCULO 3°.- Esta resolución general entrará en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación en el Boletín Oficial, difúndase en el Boletín de la Dirección General de Aduanas y archívese.
Carlos Daniel Castagneto
e. 14/08/2023 N° 62999/23 v. 14/08/2023