Resolución General 5526/2024

ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS

Resolución General 5526/2024

RESOG-2024-5526-E-AFIP-AFIP – Exportación. Valores referenciales de carácter preventivo. Resolución General N° 4.710. Norma complementaria.

 

Ciudad de Buenos Aires, 16/07/2024

VISTO el Expediente Electrónico N° EX-2024-01695240- -AFIP-DVVCRE#SDGCAD y

CONSIDERANDO:

Que la Resolución General N° 4.710 dispuso que este Organismo establecerá los valores referenciales de exportación de carácter precautorio, para cualquiera de las mercaderías comprendidas en la Nomenclatura Común del MERCOSUR (NCM), los cuales constituyen un primer control de las declaraciones en resguardo del interés fiscal.

Que dicho control está orientado a perfeccionar el sistema de selectividad en materia de valor, a efectos de detectar desvíos respecto de los valores usuales para mercaderías idénticas o similares.

Que en el marco de las tareas de evaluación de riesgos, se ha realizado un estudio referido al valor de la mercadería detallada en el Anexo I de la presente, en el que se han considerado las fuentes de información internas y externas previstas en el Artículo 2° de la resolución general citada.

Que, como resultado del mencionado estudio, la Dirección de Valoración y Comprobación Documental aconseja establecer los valores referenciales para las mercaderías analizadas con el propósito de que sean utilizados por las áreas de control en el ámbito de sus competencias.

Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación y las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, Control Aduanero y Técnico Legal Aduanera.

Que esta medida se emite bajo la forma de resolución general, de acuerdo con lo establecido en la Disposición N° 199 (AFIP) del 17 de octubre de 2022.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 4° y 7° del Decreto N° 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios, y en virtud de la delegación efectuada en esta Dirección General por el artículo 6° la Resolución General N° 4.710.

Por ello,

EL DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.– Establecer los valores referenciales de exportación de las mercaderías indicadas en el Anexo I IF-2024-02063912-AFIP-DICEOA_DGADUA con destino a los países consignados en el Anexo II IF-2024-02064119-AFIP-DICEOA_DGADUA, ambos de la presente resolución general.

ARTÍCULO 2°.– Dejar sin efecto los valores referenciales de exportación indicados en el Anexo III IF-2024-02064312-AFIP-DICEOA_DGADUA.

ARTÍCULO 3°.- Aprobar los Anexos I IF-2024-02063912-AFIP-DICEOA_DGADUA, II IF-2024-02064119-AFIP-DICEOA_DGADUA y III IF-2024-02064312-AFIP-DICEOA_DGADUA que forman parte de esta resolución general.

ARTÍCULO 4°.– Las disposiciones de esta resolución general serán de aplicación a partir del segundo día hábil administrativo, inclusive, posterior al de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 5°.- Abrogar la Resolución General Nro. 5.197 a partir de la fecha de aplicación de la presente.

ARTÍCULO 6°.– Comuníquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación en el Boletín Oficial, difúndase a través del Boletín de la Dirección General de Aduanas y archívese.

Eduardo Raul Alberto Oscamou Mallea

Anexo Anexo 2 Anexo 3

e. 19/07/2024 N° 46914/24 v. 19/07/2024

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