Resolución 1104/2019

MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO

Resolución 1104/2019

RESOL-2019-1104-APN-MPYT

Ciudad de Buenos Aires, 21/10/2019

VISTO el Expediente N° EX-2019-88903228-APN-DGD#MPYT, y

CONSIDERANDO:

Que el PODER EJECUTIVO NACIONAL y la PROVINCIA DE BUENOS AIRES han convenido, con fecha 25 de noviembre de 1996, implementar la Zona Franca creada en el puerto de Bahía Blanca por la Ley Nº 84 de fecha 9 de junio de 1856, dictada por el entonces Estado de Buenos Aires.

Que por el Decreto Nº 952 de fecha 30 de agosto de 1999, se estableció la localización de la Zona Franca Bahía Blanca – Coronel Rosales, PROVINCIA DE BUENOS AIRES.

Que la Zona Franca de Bahía Blanca – Coronel Rosales se encuentra sometida al régimen de la Ley Nº 24.331, en los términos establecidos en su artículo 45, de conformidad al Convenio suscripto entre el PODER EJECUTIVO NACIONAL y la PROVINCIA DE BUENOS AIRES.

Que por la Ley Provincial Nº 12.313 de fecha 7 de julio de 1999, se creó en el ámbito del entonces MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN Y EL EMPLEO de la Provincia de Buenos Aires, el Ente Zona Franca Bahía Blanca – Coronel Rosales, con las funciones sucesivas y excluyentes de la Comisión de Evaluación y Selección y Comité de Vigilancia.

Que mediante la Resolución N° 442 de fecha 4 de septiembre de 2001 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA, se aprobó el Reglamento de Funcionamiento y Operación de la Zona Franca Bahía Blanca – Coronel Rosales de la Provincia de BUENOS AIRES.

Que el artículo 135 de la citada resolución, establece que el Ente Zona Franca Bahía Blanca – Coronel Rosales podrá dividir en áreas, unidades de negocios y/o sectores de destino general o especializado, el total de la superficie destinada a emplazar la Zona Franca, conforme a lo establecido por el Decreto Nº 952/99, los anexos y subzonas que en el futuro se habiliten, a fin de otorgar la concesión y explotación de acuerdo al plan estratégico que se dicte.

Que el artículo 136 de dicha resolución, permite extender los beneficios de Usuario Directo otorgado por el Régimen de Zona Franca, entre otros supuestos, a emprendimientos productivos declarados de interés social, previa autorización de la Autoridad de Aplicación.

Que el Ente Zona Franca Bahía Blanca – Coronel Rosales ha elevado a consideración de la Autoridad de Aplicación de la Ley Nº 24.331, la solicitud del concesionario de la referida Zona Franca – ZONA FRANCA BUENOS AIRES SUR S.A.- para la habilitación de CUATRO (4) Subzonas Francas, bajo el régimen de Usuario Directo, en consonancia con el artículo 136 de la Resolución N° 442/01 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA.

Que las mencionadas Subzonas Francas se encuentran identificadas como: i) TANGO SUR, ii) TANGO CENTRAL, iii) TANGO NORTE, iv) IT PARK, según los datos, imagen e información obrante en la documentación presentada en el expediente citado en el Visto.

Que, el emplazamiento de las subzonas señaladas precedentemente, persigue como objetivo desarrollar la prestación de servicios de infraestructura de tecnología de la información y comunicaciones, y demás actividades contempladas en el Régimen de Promoción de la Economía del Conocimiento, aprobado por la Ley N° 27.506.

Que, el emprendimiento productivo presentado ha sido declarado de interés social mediante la Resolución N° 16 de fecha 23 de septiembre de 2019 del Ente Zona Franca Bahía Blanca – Coronel Rosales.

Que, asimismo, el emplazamiento de las Subzonas Francas mencionadas, ha sido declarada de interés productivo, social y económico por la Resolución Conjunta N° 6 de fecha 16 de octubre de 2019 del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN y de la SECRETARÍA GENERAL de la GOBERNACIÓN DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.

Que, por otro lado, los CUATRO (4) predios sobre los cuales se persigue la instalación de las mencionadas Subzonas Francas se encuentran ubicados en los Partidos de Bahía Blanca y Coronel Rosales, de la Provincia de BUENOS AIRES.

Que la SUBSECRETARÍA DE FACILITACIÓN DEL COMERCIO de la SECRETARÍA DE COMERCIO EXTERIOR del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO ha tomado la intervención de su competencia, aconsejando autorizar la calidad de Usuario Directo de las mencionadas Subzonas Francas, a los efectos de su emplazamiento en la Zona Franca Bahía Blanca – Coronel Rosales de la PROVINCIA DE BUENOS AIRES.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en el marco de las facultades conferidas por la Ley N° 24.331 y el artículo 136 de la Resolución N° 442/01 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA.

Por ello,

EL MINISTRO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.– Autorízase la calidad de Usuario Directo de las Subzonas Francas denominadas como: “i) TANGO SUR, ii) TANGO CENTRAL, iii) TANGO NORTE, iv) IT PARK”, a los efectos de su emplazamiento en la Zona Franca Bahía Blanca – Coronel Rosales de la PROVINCIA DE BUENOS AIRES, en los términos establecidos por el artículo 136 de la Resolución N° 442 de fecha 4 de septiembre de 2001 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA.

ARTÍCULO 2°.– Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Dante Sica

e. 22/10/2019 N° 80496/19 v. 22/10/2019

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