Resolución 189/2019

ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS SUBDIRECCIÓN GENERAL DE OPERACIONES ADUANERAS DEL INTERIOR

Resolución 189/2019

RESOL-2019-189-E-AFIP-SDGOAI

Ciudad de Buenos Aires, 02/08/2019

VISTO lo actuado en el SIGEA N° 12237-11-2012/4 del registro de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL de NGRESOS PÚBLICOS, y

CONSIDERANDO

Que la firma “Jow Kon Logística S.R.L.”, CUIT N° 33-71405268-9 presentó con fecha 9 de junio de 2016 la solicitud de habilitación del depósito fiscal general ubicado en Ruta Nac. 3 Km. 2807, Río Grande, Provincia TIERRA DEL FUEGO, jurisdicción de la Aduana de RÍO GRANDE, en los términos de la Resolución General N° 3871 hoy Resolución General N° 4352.

Que a fs. 292 la Dirección Gestión de los Recursos y Presupuestos remite la actuación a ésta Subdirección General a través de la Nota N° 70/18 (DI GERP) de fecha 7/5/2018, a fin de continuar con el trámite de habilitación del depósito fiscal en trato.

Que analizada la actuación por la División Zonas Primarias y Fronteras, la misma fue remitida con observaciones a la Aduana de RIO GRANDE mediante Nota N° 69/18 (DV ZPYF) de fecha 13/06/2018 (fs. 293/294), a fin de que la firma tomara conocimiento y diera cumplimiento a la totalidad de los extremos requeridos para la habilitación pretendida.

Que habiendo tomado intervención la Sección Sumarios mediante el Dictamen N° 616/18 (AD RIOG) – fs.473/474-, la División Aduana de RIO GRANDE mediante Nota N° 3113/18 (AD RIOG) -fs.475-, la División Evaluación Operativa Regional mediante Nota N° 22/19 (DV EORT) -fs.505- y la Dirección Regional Aduanera PATAGONICA mediante Nota N° 009/19 (DI RAPT) –fs.506-, coinciden en que se encuentran cumplidos los requisitos que avalan el pedido de habilitación.

Que asimismo obra a fs. 533/534 la opinión del Departamento Centro Único de Monitoreo Aduanero, Email N°31/19 (DC CTEO), relativa a los aspectos tecnológicos.

Que conforme lo expuesto y habiendo tomado la intervención que les compete las Subdirecciones Generales de Técnico Legal Aduanera mediante la Nota N° 330/2019 (DI LEGA) de fecha 07/05/2019, de Asuntos Jurídicos a través del IF-2019-00225666-AFIP-DVDRTA#SDGASJ de fecha 25/07/2019 y las áreas competentes de esta Subdirección General, corresponde aprobar el trámite de habilitación.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo N° 1 de la DI-2018-6-E- AFIP-DGADUA.

Por ello,

EL SUBDIRECTOR GENERAL DE LA SUBDIRECCIÓN GENERAL DE OPERACIONES ADUANERAS DEL INTERIOR

RESUELVE:

ARTICULO 1°.- Habilítese el depósito fiscal general de la firma “JOW KON LOGISTICA S.R.L.” CUIT N° 33-71405268-9, ubicado en Ruta Nacional N° 3 Km. 2807, Río Grande, Provincia TIERRA DEL FUEGO, jurisdicción de la Aduana de RIO GRANDE, con una superficie total de 19.034,8m2 (diecinueve mil treinta y cuatro con ocho metros cuadrados) superficie cubierta de 5086,8 m2 (cinco mil ochenta y seis con ocho metros cuadrados) y una superficie descubierta de 13948 m2 (trece mil novecientos cuarenta y ocho metros cuadrados), acorde a lo especificado en la solicitud de fs. 368 y al plano obrante a fs. 502/510, conforme Resolución General N° 4352.

ARTICULO 2°:- Determínese que la habilitación tendrá vigencia por el plazo de DIEZ (10) años a contar desde su notificación al interesado, de conformidad a lo establecido en el Apartado V, Punto 1 del Anexo I de la Resolución General N° 4352.

ARTICULO 3°.– Establécese que la vigencia operativa del depósito fiscal en la Tabla de Lugares Operativos (LOT) del Sistema Informático MALVINA o la que en el futuro la reemplace, quedará sujeta al cumplimiento de los requisitos tecnológicos establecidos en la Nota N°41/19 (DV CTEO) y al mantenimiento por parte del permisionario de los requisitos, condiciones operativas y documentales establecidas en los Anexos I, II, III, IV y V de la Resolución General N° 4352, tenidas en cuenta para su habilitación.

ARTICULO 4°: Regístrese. Comuníquese. Dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación y publíquese en el Boletín de la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS. Tome conocimiento la Dirección Regional Aduanera PATAGONICA y la División Aduana de RIO GRANDE. Por la División Zonas Primarias y Fronteras notifíquese por Sistema de Comunicaciones y Notificaciones Electrónicas Aduaneras (SICNEA) al interesado y continúese con los trámites de rigor. Gustavo Adolfo Echegoyen

e. 06/08/2019 N° 56808/19 v. 06/08/2019

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