Resolución 19/2023

ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS SUBDIRECCIÓN GENERAL DE OPERACIONES ADUANERAS METROPOLITANAS

Resolución 19/2023

RESOL-2023-19-E-AFIP-SDGOAM

 

Ciudad de Buenos Aires, 13/09/2023

VISTO el EX-2021-01500380- -AFIP-SCPODIABSA#SDGOAM; y

CONSIDERANDO:

Que por el mismo tramita la solicitud de renovación de la habilitación como depósito fiscal general iniciada por la firma Depósito Avellaneda Sur S.A. (CUIT 30-71112914-2) del predio ubicado en la calle Crisologo Larralde Nº 3065, Villa Dominico, Partido de Avellaneda, Provincia de Buenos Aires, con una superficie de CATORCE MIL TRESCIENTOS TREINTA Y SEIS Metros Cuadrados (14.336 m2), para realizar operaciones de importación, exportación y con otras aduanas.

Que por PV-2023-00143885-AFIP-DISADU#SDGSIT de la Dirección Sistemas Aduaneros, PV-2022-02028214-AFIP-DIREPA#DGADUA y PV-2023-01683029-AFIP-DIREPA#DGADUA de la Dirección de Reingeniería de Procesos Aduaneros, IF-2021-00081669-AFIP-DVCORADECUMA#SDGCAD e IF-2023-01186311-AFIP-DVCORADECUMA#SDGCAD de la División Control Operacional, PV-2023-01252870-AFIP-DECUMA#SDGCAD del Departamento Centro Único de Monitoreo Aduanero, PV-2023-01295947-AFIP-DIGERI#SDGCAD de la Dirección de Gestión del Riesgo, IF-2023-01639209-AFIP-DVANTE#DGADUA de la División Análisis de Nuevas Tecnologías, PV-2023-01645677-AFIP-DENTPE#DGADUA del Departamento Nuevas Tecnologías y Proyectos Especiales Aduaneros, y Notas NO-2021-01550362-AFIP-DIABSA#SDGOAM, NO-2022-00432299-AFIP-DIABSA#SDGOAM, NO-2022-01658935-AFIP-DIABSA#SDGOAM, NO-2022-01976601-AFIP-DIABSA#SDGOAM, NO-2023-00825536-AFIP-DIABSA#SDGOAM y el IF-2023-01782174-AFIP-DIABSA#SDGOAM de la Dirección Aduana de Buenos Aires, cada una conforme las acciones y tareas que les fueron asignadas a dichas unidades orgánicas en la Estructura Organizativa vigente, en lo sustancial se informa respecto de la solicitud de renovación de la habilitación y ampliación de depósito fiscal general efectuada Depósito Avellaneda Sur S.A. mediante la presente, que habiéndosela analizado y evaluado, se enmarca en los alcances, definiciones y generalidades establecidas en la Resolución General N° 4352 (AFIP) y modificatoria, y cumple los requisitos y condiciones en materia documental, condiciones físicas y operativas, tecnológicas, garantía y de funcionamiento en general del depósito fiscal, previstas en los Anexos I, II, III, IV y V de la norma citada, ante lo cual, por NO-2023-01994857-AFIP-SDGOAM de esta Subdirección General, se decidió resolverla favorablemente.

Que respecto del cumplimiento del Apartado E, Punto 4 de la IT-2022-02299248-AFIP-SDGOAM, atento lo manifestado en la NO-2023-02224024-AFIPDIABSA# SDGOAM, esta Subdirección General procede avocarse y en atención a los informes producidos en autos, declarar cumplidos los requisitos detallados en la norma citada.

Que por medio de la IF-2023-02032208-AFIP-DILEGA#SDGTLA de la Dirección Legal, y el Dictamen Firma Conjunta Número: IF-2023-02130612-AFIPSDTADVDRTA#SDGASJ de la División Dictámenes en Régimen Tributario Aduanero y el Departamento Asesoramiento Aduanero, compartido por la Dirección de Asesoría Legal Aduanera por PV-2023-02131208-AFIP-DIASLA#SDGASJ, se sostiene principalmente que está debidamente acreditada la legitimidad de la representación legal invocada por la requirente, y por su parte, que no se advierten impedimentos en la continuación del trámite en análisis, teniéndose de ese modo por ejercido el control de legalidad previsto en la Disposición N° 249/16 (AFIP), artículo 4°.

Que la presente se dicta en uso de las facultades delegadas por el artículo 1° de la Disposición N° 6/2018 (DGA).

Por ello,

LA SUBDIRECTORA GENERAL DE LA SUBDIRECCIÓN GENERAL DE OPERACIONES ADUANERAS METROPOLITANAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.– Renovar la habilitación como depósito fiscal general en favor de la firma Depósito Avellaneda Sur S.A. (CUIT 30-71112914-2) del predio ubicado en la calle Crisologo Larralde Nº 3065, Villa Dominico, Partido de Avellaneda, Provincia de Buenos Aires, con una superficie de CATORCE MIL TRESCIENTOS TREINTA Y SEIS Metros Cuadrados (14.336 m2) conforme el plano embebido en el IF-2023-00598291-AFIP-SSDJDVCFO1#SDGOAM (orden 88), para realizar operaciones de importación, exportación y con otras aduanas por el plazo de DIEZ (10) años.

ARTICULO 2º.- Autorizase a almacenar en el predio habilitado sólo las mercaderías autorizadas por habilitación municipal otorgada por Resolución N° 228 del 12 de agosto de 2015 conforme surge del Certificado de Habilitación emitido por la Municipalidad de Avellaneda (embebida en el NO-2022-00196855-AFIP-DIABSA#SDGOAM, acápite 22), siempre que se cuente con la autorización específica de terceros Organismos para dicha mercadería, según su tipo y clase.

ARTICULO 3°:– Instrúyese a la Dirección Aduana de Buenos Aires en el marco de la Resolución General N° 4352 (AFIP) y modificatoria, artículo 6°, adoptar las medidas necesarias para la conservación íntegra de este expediente electrónico en condiciones reglamentarias, y asimismo verificar permanentemente el cumplimiento de las condiciones y obligaciones previstas en las normas vigentes para el funcionamiento del depósito fiscal, a lo cual se supedita la continuidad de la habilitación y su inscripción en la Tabla de Lugares Operativos (LOT) del Sistema Informático MALVINA o el que lo reemplazare.

ARTÍCULO 4°.– Remítase copia de la presente a la Dirección General de Aduanas y a la Subdirección General de Control Aduanero para su conocimiento, y por la Dirección Aduana de Buenos Aires notifíquese a la interesada, e instruméntense asimismo las acciones necesarias para el cumplimiento de lo resuelto en este expediente electrónico y en la normativa aplicable.

ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL, difúndase a través del Boletín de la Dirección General de Aduanas y archívese.

Rosana Angela Lodovico

e. 15/09/2023 N° 73837/23 v. 15/09/2023

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