MINISTERIO DE ECONOMÍA SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y COMERCIO
Resolución 24/2024
RESOL-2024-24-APN-SIYC#MEC
Ciudad de Buenos Aires, 03/05/2024
VISTO el Expediente N° EX-2022-105237849- -APN-DGD#MDP, las Leyes Nros. 19.511 y sus modificaciones y 23.981, los Decretos Nros. 960 de fecha 24 de noviembre de 2017 y 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 19.511 y sus modificaciones se estableció la vigencia de las unidades del SISTEMA MÉTRICO LEGAL ARGENTINO (SIMELA).
Que la mencionada ley se encuentra reglamentada por el Decreto N° 960 de fecha 24 de noviembre de 2017.
Que mediante el Artículo 2° del Decreto N° 960/17, se asigna a la ex SECRETARÍA DE COMERCIO del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN el ejercicio de funciones relacionadas con la metrología legal y en uno de sus incisos dice que: “Establecer el reglamento de aprobación de modelos, verificación primitiva, verificación periódica y vigilancia de uso.
Que por el Decreto N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, se modificó la estructura organizativa de la Administración Pública Nacional, creándose el MINISTERIO DE ECONOMÍA y se estableció que la SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y COMERCIO cuenta entre sus competencias la de supervisar y entender en las actividades vinculadas con el seguimiento y verificación de todo lo relacionado con la aplicación de la Ley N° 19.511 y sus modificaciones, así como también entender en la elaboración, propuesta y seguimiento de dicha normativa.
Que, con la finalidad de satisfacer el objetivo de constituir un Mercado Común, los Estados partes signatarios del Tratado de Asunción aprobado por Ley N° 23.981 han decidido reglamentar el Vocabulario de Términos de Metrología Legal.
Que dicha decisión se fundó en la necesidad de efectuar la revisión de las Resoluciones MERCOSUR/GMC Nros. 51/97 “REGLAMENTO TECNICO SOBRE CRITERIOS GENERALES DE METROLOGIA LEGAL”, 57/92 “DOCUMENTACIÓN DE SOLICITUDES DE APROBACIONES DE MODELOS DE INSTRUMENTOS DE MEDICIÓN, GRUPOS FUNCIONALES, DISPOSITIVOS COMPLEMENTARIOS” y 60/05 “CERTIFICADO DE APROBACIÓN DEL MODELO DE INSTRUMENTOS DE MEDICIÓN”, conforme el Programa de Trabajo de la Comisión de Metrología del Subgrupo de Trabajo N° 3 “Reglamentos Técnicos y Evaluación de la Conformidad”, aprobado por el GRUPO MERCADO COMÚN (GMC) en su Reunión LXXXIX, de fecha 15 a 18 de octubre de 2012.
Que en el marco del Programa de trabajo aprobado por el GRUPO MERCADO COMÚN (GMC), como parte de la revisión de las Resoluciones MERCOSUR/GMC Nros. 51/97, 57/92 y 60/05, el Subgrupo de Trabajo N° 3 “Reglamentos Técnicos y Evaluación de la Conformidad”, elevó al GRUPO MERCADO COMÚN (GMC) un Proyecto de Resolución donde se aprueba el Reglamento Técnico MERCOSUR sobre el Vocabulario de Términos de Metrología Legal.
Que, en cumplimiento de la revisión de las citadas Resoluciones MERCOSUR, el Grupo Mercado Común, en su carácter de órgano ejecutivo del referido Tratado, ha dictado la Resolución MERCOSUR/GMC N° 45 de fecha 8 de noviembre de 2018 donde se establece el Reglamento Técnico MERCOSUR sobre el Vocabulario de Términos de Metrología Legal, basado en el Vocabulario Internacional de Metrología Legal (VIML) en su edición 2013, emitido por la Organización Internacional de Metrología Legal (OIML).
Que, por lo tanto, por la presente medida corresponde adoptar e incluir en la legislación nacional la resolución dictada por el Grupo Mercado Común.
Que la Dirección de Inspecciones de la Dirección Nacional de Gestión y Control Normativo de la SUBSECRETARÍA DEFENSA DEL CONSUMIDOR Y LEALTAD COMERCIAL de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y COMERCIO del MINISTERIO DE ECONOMÍA ha tomado la intervención de su competencia, haciendo saber que corresponde hacer lugar a lo solicitado.
Que ha tomado intervención el servicio jurídico competente.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades previstas en la Ley N° 19.511 y sus modificaciones y en los Decretos Nros. 960/17 y 50/19 y sus modificatorios.
Por ello,
EL SECRETARIO DE INDUSTRIA Y COMERCIO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.– Incorpórase al Ordenamiento Jurídico de la REPÚBLICA ARGENTINA la Resolución MERCOSUR\GMC N° 45 de fecha 8 de noviembre de 2018 (Reglamento Técnico MERCOSUR sobre el Vocabulario de Términos de Metrología Legal) detallado en el Anexo que, como IF-2023-08386006-APN-DI#MDP, forma parte integrante de la presente medida.
ARTÍCULO 2°.– Comuníquese a la SECRETARÍA ADMINISTRATIVA DEL MERCOSUR del MERCADO COMÚN DEL SUR (MERCOSUR) a los efectos de lo establecido en el Artículo 40, apartados II) y III) del PROTOCOLO DE OURO PRETO, suscripto por la REPÚBLICA ARGENTINA y aprobado por la Ley N° 24.560.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Pablo Agustin Lavigne
e. 06/05/2024 N° 26454/24 v. 06/05/2024