Resolución 38/2024

ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS SUBDIRECCIÓN GENERAL DE OPERACIONES ADUANERAS DEL INTERIOR

Resolución 38/2024

RESOL-2024-38-E-AFIP-SDGOAI

 

Ciudad de Buenos Aires, 27/09/2024

VISTO lo tramitado en el expediente electrónico EX-2024-00621201- -AFIP-SEIOADPMAD#SDGOAI del registro de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL de INGRESOS PÚBLICOS, y

CONSIDERANDO

Que a través del presente la ADMINISTRACION PORTUARIA DE PUERTO MADRYN” CUIT N° 30-67050181-3, solicita la modificación de la superficie actual del depósito fiscal general ubicado en Ruta N° 1 S/N de la localidad de PUERTO MADRYN, provincia del CHUBUT, jurisdicción de la Aduana de PUERTO MADRYN.

Que el predio contaba con una superficie de CIENTO TREINTA MIL SEISCIENTOS SETENTA Y TRES CON CINCUENTA METROS CUADRADOS (130.673,50 m²), distribuidos de la siguiente forma: NOVECIENTOS SESENTA Y NUEVE CON TRECE METROS CUADRADOS (969,13m²) cubiertos y CIENTO VEINTINUEVE MIL SETECIENTOS CUATRO CON TREINTA Y SIETE METROS CUADRADOS (129.704,37 m²) descubiertos, conforme lo establecido en la RESOL-2022-59-E-AFIP-SDGOAI.

Que obra en el informe IF-2024-01333241-AFIP-SEIOADPMAD#SDGOA la Nota de fecha 12 de marzo de 2024, mediante la cual la ADMINISTRACION PORTUARIA DE PUERTO MADRYN solicita la modificación de la superficie del depósito fiscal, la cual refiere a una reducción de CUATROCIENTOS TREINTA CON DIECINUEVE METROS CUADRADOS (430,19 m²), quedando conformada de la siguiente manera: superficie cubierta de NOVECIENTOS SESENTA Y NUEVE CON TRECE METROS CUADRADOS (969,13 m²) y superficie descubierta de CIENTO VEINTINUEVE MIL DOSCIENTOS SETENTA Y CUATRO CON DIECIOCHO METROS CUADRADOS (129.274,18 m²), sumando una superficie total de CIENTO TREINTA MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y TRES CON TREINTA Y UN METROS CUADRADOS (130.243,31 m²).

Que a efectos de dar curso a la modificación pretendida en el marco de la normas citadas, la firma acompaña la documental que obra agregada al IF-2024-01333241-AFIP-SEIOADPMAD#SDGOA, incorporándose posteriormente nueva documentación a través de IF-2024-01346854-AFIP-SEIOADPMAD#SDGOAI, IF-2024-01346966-AFIP-SEIOADPMAD#SDGOAI e IF-2024-01480030-AFIP-SEIOADPMAD#SDGOAI.

Que tomó intervención la Sección Control y Fiscalización de Operatoria Regional (DV ECPT) a través de PV-2024-01600195-AFIP-SCFODVECPT#SDGOAI de fecha 7 de junio 2024 la cual considera que la documentación “…se encuentra cumplimentada en su totalidad….” lo cual es compartido por la Dirección Regional Aduanera PATAGÓNICA en PV-2024-01601678-AFIP-DIRAPT#SDGOAI.

Que en otro orden, cabe destacar que en función de la reducción de superficie solicitada, se dio nueva intervención al Departamento Centro Único de Monitoreo Aduanero, a fin de que verifique el sistema de CCTV acorde a la modificación planteada, el que se expide mediante IF-2024-02943355-AFIP-DVCORADECUMA#SDGCAD de fecha 9 de septiembre de 2024, señalando que “…el punto operativo cumplimenta los requisitos de la RG 4352/2018 AFIP, sus modificatorias y complementarias…” y “…cumple con los requerimientos de toma de imágenes instantáneas, descarga de video, repositorio online…”

Que asimismo, la División Zonas Primarias y Fronteras ha emitido el informe de su competencia, adjuntando el proyecto de resolución, mediante informe IF-2024-03037583-AFIP-DVZPYF#SDGOAI de fecha 16 de septiembre de 2024.

Que conforme lo expuesto y habiendo tomado la intervención que les compete la Dirección de Legal de la Subdirección General de Técnico Legal Aduanera mediante IF-2024-03065692-AFIP-DILEGA#SDGTLA de fecha 17 de septiembre 2024 y la División Dictámenes en Régimen Tributario Aduanero de la Subdirección General de Asuntos Jurídicos a través del IF-2024-03112955-AFIP-DVDRTA#SDGASJ de fecha 19 de septiembre 2024 y las áreas competentes de esta Subdirección General, corresponde aprobar el trámite de modificación requerido.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo N° 1 de la DI-2018-6-E-AFIP-DGADUA.

Por ello,

LA SUBDIRECTORA GENERAL DE LA SUBDIRECCIÓN GENERAL DE OPERACIONES ADUANERAS DEL INTERIOR

RESUELVE:

ARTICULO 1°.- MODIFÍQUESE la superficie del depósito fiscal general de la “ADMINISTRACION PORTUARIA DE PUERTO MADRYN” CUIT N° 30-67050181-3, habilitado por RESOL-2020-10-E-AFIP-SDGOAI, situado en Ruta N° 1 S/N de la localidad de PUERTO MADRYN, provincia del CHUBUT, jurisdicción de la Aduana de PUERTO MADRYN, el que quedará conformado con una superficie total de CIENTO TREINTA MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y TRES CON TREINTA Y UN METROS CUADRADOS (130.243,31 m²), la cual se compone por una superficie cubierta de NOVECIENTOS SESENTA Y NUEVE CON TRECE METROS CUADRADOS (969,13 m²) y superficie descubierta de CIENTO VEINTINUEVE MIL DOSCIENTOS SETENTA Y CUATRO CON DIECIOCHO METROS CUADRADOS (129.274,18 m²), acorde a lo especificado en la documental y plano obrante en el IF-2024-01333241-AFIP-SEIOADPMAD#SDGOAI conforme Resolución General N° 4352 y modif.

ARTICULO 2°:- REGÍSTRESE. Comuníquese. Dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación y publíquese en el Boletín de la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS. Tome conocimiento la Dirección Regional Aduanera PATAGONICA y la Aduana de PUERTO MADRYN. Por la División Zonas Primarias y Fronteras notifíquese por Sistema de Comunicaciones y Notificaciones Electrónicas Aduaneras (SICNEA) al interesado y continúese con los trámites de rigor.

Maria de los Milagros Racana

e. 07/10/2024 N° 69960/24 v. 07/10/2024

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