MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO SECRETARÍA DE INDUSTRIA, ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO Y GESTIÓN COMERCIAL EXTERNA
Resolución 699/2021
RESOL-2021-699-APN-SIECYGCE#MDP
Ciudad de Buenos Aires, 01/11/2021
VISTO el Expediente N° EX-2021-102082094- -APN-DGD#MDP, y
CONSIDERANDO:
Que a través del dictado de la Resolución General Conjunta N° 4.049 de fecha 12 de mayo de 2017 de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, organismo descentralizado en el ámbito del entonces MINISTERIO DE HACIENDA, y del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, se creó el Régimen de Exportación Simplificada denominado “EXPORTA SIMPLE” con el objeto de facilitar las operaciones de exportación de menor cuantía, con fines comerciales, a través de Prestadores de Servicio Postal.
Que, en función de esto, mediante la Resolución N° 725 de fecha 22 de septiembre de 2017 de la ex SECRETARÍA DE COMERCIO del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, se establecieron los procedimientos y obligaciones de los actores intervinientes.
Que, posteriormente, a través de la Resolución General Conjunta N° 4.458 de fecha 4 de octubre de 2019 de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS y del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, se dejó sin efecto lo establecido en la Resolución General Conjunta N° 4.049/17 de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, procediendo a actualizar el régimen, adecuando la operatoria para que la misma sea aún más ágil y simple para los beneficiarios, permitiendo que los mismos usuarios emitan las facturas de venta e incorporando a su vez nuevos operadores logísticos para ofrecer diferentes tipos de servicios en mejores condiciones de competencia.
Que, es un objetivo central de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA, ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO Y GESTIÓN COMERCIAL EXTERNA del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, promover las exportaciones mediante el uso de sistemas informáticos que propendan a simplificar y facilitar el acceso a los distintos regímenes.
Que, por lo expresado en los considerandos anteriores, resulta necesario entonces actualizar también los procedimientos relativos del Régimen de Exportación Simplificada.
Que, asimismo, en virtud de lo dispuesto por el Artículo 8° de la Resolución General Conjunta N° 4.458/19 de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS y del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, la entonces SECRETARÍA DE COMERCIO EXTERIOR queda facultada para el dictado de las normas complementarias y aclaratorias que resulten necesarias para la implementación del régimen de la citada resolución conjunta.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades establecidas por el artículo 8° de la Resolución General Conjunta N° 4.458/19 de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS y del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO.
Por ello,
EL SECRETARIO DE INDUSTRIA, ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO Y GESTIÓN COMERCIAL EXTERNA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.– Apruébase el procedimiento para la inscripción y utilización del Régimen de Exportación Simplificada denominado “EXPORTA SIMPLE”, establecido por la Resolución General Conjunta N° 4.458 de fecha 4 de octubre de 2019 de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS y del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, que como Anexo IF-2021-102845970-APN-SSPYGC#MDP forma parte integrante de la presente resolución.
ARTÍCULO 2°.– Derógase la Resolución N° 725 de fecha 22 de septiembre de 2017 de la ex SECRETARÍA DE COMERCIO del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN.
ARTÍCULO 3°.- La presente medida comenzará a regir a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Ariel Esteban Schale
e. 02/11/2021 N° 83118/21 v. 02/11/2021